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Cámara de Apelaciones

Daños y perjuicios: “Campos Omar Ángel y Balcarce Gabriela Analía c/ Agüero Enrique Daniel, Castro Ivana Elizabeth y San Cristóbal Seguros

El perito médico y el perito en criminalística solicitaron la regulación de sus honorarios en el proceso de daños y perjuicios. La Cámara Civil y Comercial reguló los honorarios en $3.750 para cada perito (2,5%), con más IVA si correspondiera, y ordenó aplicación de interés a la tasa activa del Banco Nación desde el convenio del 07/07/2020 hasta su efectivo pago.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala I (JUJUY)
Fuero
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala I
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-65146/2016
Honorarios periciales Regulacion de honorarios Perito medico Criminalistica Interes tasa activa banco nacion Iva Convenio 07/07/2020 Danos y perjuicios Costas convenidas Incidente

¿Quién es el actor?

Campos Omar Ángel y Balcarce Gabriela Analía.

¿A quién se demanda?

Agüero Enrique Daniel, Castro Ivana Elizabeth y San Cristóbal Seguros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

En este incidente, el perito médico designado y el perito en criminalística solicitaron la regulación de sus honorarios profesionales en el expediente por daños y perjuicios.

¿Qué se resolvió?

Se regulan los honorarios del perito médico Dr. José Causarano y del Lic. en Criminalística Ricardo Silvio Humacata en la suma de pesos $ 3.750 (2,5%) cada uno, con más IVA si correspondiera; dichas sumas devengarán interés a la tasa activa del Banco Nación desde el convenio tomado como pauta (07/07/2020) y hasta su efectivo pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"A fs. 427 se presenta el perito medico designado en autos y solicita regulación de sus honorarios profesionales.

Para ello, se tendrá presente el convenio arribado por las partes (fs. 396/397), la actividad efectivamente cumplida, (ver fs. 185/187, 208 y 355/374, 391/393vta.) y el carácter de la causa.

Así planteada la cuestión resulta procedente regular honorarios profesionales del perito medico Dr. José Causarano, en la suma de pesos $ 3.750 (2,5%) y al Lic. en Criminalística Ricardo Silvio Humacata en la suma de pesos $ 3,750 (2,5%) con más IVA si correspondiera.

Dichas suma, será pasible del interés de la tasa activa del Banco Nación de conformidad al criterio establecido por el STJ en la causa Zamudio c/ Achi, desde el convenio tomado como pauta (07/07/2020) y hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere."

Costas: "Las costas han sido convenidas lo que nos exime expedirnos al respecto."

Resolución dispositiva (transcripción literal):

"1. Regular los honorarios del perito medico Dr. José Causarano, en la suma de pesos $ $ 3.750 y al Lic. en Criminalística Ricardo Silvio Humacata en la suma de pesos $ $ 3.750 con más IVA si correspondiera.

Dichas suma, será pasible del interés de la tasa activa del Banco Nación de conformidad al criterio establecido por el STJ en la causa Zamudio c/ Achi, desde el convenio tomado como pauta (07/07/2020) y hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere.

2. Regístrese, agréguese copia en autos, notificar por cédula, etc."

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