DAÑOS Y PERJUUICIOS: RIVADENEIRA, JOSE LUIS; RIVADENEIRA,MISAEL LUCAR; RIVADENEIRA, LUIS ALBERTO c/ GUTIERREZ, OSVALDO N. – HUARANCA, ROSA GUILLERMINA
Se solicitaron aclaratorias contra la resolución de fs. 290/300 en causa por daños y perjuicios. La Cámara rechazó ambas aclaratorias por no existir errores materiales, conceptos oscuros ni omisiones exigidas por el Art. 49 del C.P.C.
¿Quién es el actor?
En el expediente principal los actores son RIVADENEIRA, JOSE LUIS; RIVADENEIRA, MISAEL LUCAR; RIVADENEIRA, LUIS ALBERTO (causa por daños y perjuicios).
¿A quién se demanda?
GUTIERREZ, OSVALDO N. – HUARANCA, ROSA GUILLERMINA (parte demandada en el expediente de fondo).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
En este incidente, se solicitaron aclaratorias de la Resolución dictada a fs. 290/300 (peticiones de aclaratoria presentadas por los Dres. ERNESTO FEDERICO HANSEN y PABLO MORALES).
¿Qué se resolvió?
La Sala Primera rechazó las aclaratorias interpuestas por no verificarse los supuestos previstos en el Art. 49 del Código de Procedimientos Civiles.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De acuerdo a nuestro ordenamiento procesal, la aclaratoria procede a los fines de corregir errores materiales, aclarar algún concepto oscuro o suplir cualquier omisión (Art. 49 del C.P.C.). No se advierte en el dictado de la mencionada resolución se configuren ninguno de aquellos supuestos. Por lo expuesto precedentemente, las aclaratorias tentadas deben ser rechazadas, por no darse los supuestos del Art. 49 del C.P.C."
Texto del dispositivo:
"1°).- No hacer lugar a la aclaratoria interpuesta por el Dr. ERNESTO FEDERICO HANSEN a fs. 303, por no darse los supuestos del Art. 49 del C.P.C.
2º).- No hacer lugar a la aclaratoria interpuesta por el Dr. PABLO MORALES a fs. 304, por no darse los supuestos del Art. 49 del C.P.C.
3º).- Regístrese, agréguese copia en autos, notifíquese por cédula, etc."
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