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Cámara de Apelaciones

Daños y perjuicios: Daños y Perjuicios: Ríos, José Daniel y otro c/ Avilés, Juan José y otro

Se planteó reclamo ante el cuerpo contra la designación de perito contador para pericia contable en extraña jurisdicción en causa por daños y perjuicios. La Cámara rechazó el reclamo y confirmó la designación de la C.P.N. María Gracia Zamar, ordenando que la perito indique gastos en 10 días a cargo de Galeno Seguros S.A.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala IV (JUJUY)
Fuero
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala IV
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
D-32462/2020
Incidente Pericia contable Perito Extrana jurisdiccion Tutela judicial efectiva Galeno seguros s.a. Rechazo de reclamo Designacion perito Costos de pericia Camara civil y comercial jujuy

¿Quién es el actor?

Actores en la causa: Ríos, José Daniel y otro (parte actora que se opuso a perito de fuera de la jurisdicción).

¿A quién se demanda?

Demandados: Avilés, Juan José y otro; intervención de la aseguradora Galeno Seguros Sociedad Anónima (ofreció la pericia contable).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo ante el cuerpo interpuesto por el Dr. Diego Juárez contra la decisión de Presidencia de Trámite que designó perito inscripto en este centro judicial para realizar la pericia contable en extraña jurisdicción; se pretendía que la pericia se ordenara mediante exhorto a Provincia de Buenos Aires para que la realice perito de allí.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el reclamo; se tuvo por firme la designación de la C.P.N. María Gracia Zamar para realizar la pericia contable; la perito deberá indicar dentro de diez (10) días los gastos necesarios, los que serán solventados por Galeno Seguros S.A.; notificarse y ponerse en conocimiento de C.A.P.S.A.P. y Rentas; archivarse. Fecha de la resolución: 26 de octubre de 2021.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"II. Corresponde rechazar el reclamo planteado toda vez, que la designación de un perito inscripto en el centro Judicial de esta jurisdicción no causa gravamen alguno a la parte representada por el Dr. Juárez, Diego, Por el contrario la designación del miso permite un más fácil y mejor control por las partes de este proceso lo que implica materializar la debida tutela judicial efectiva ya que la realización y control por parte de las partes se efectuará dentro del presente proceso en esta jurisdicción y no en un proceso foráneo que genere al actor y restante codemandado la necesidad, a los fines del ejercicio de derecho de defensa, de trasladarse fuera de la jurisdicción y/o contratar otros letrados a los fines de controlar la prueba dispuesta.-

Por todo ello esta Sala IV, de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy,

Resuelve:

I.- Rechazar el reclamo ante el cuerpo articulado por el Dr. Diego Juárez.

II.- Tener por firme la designación de la C.P.N. María Gracia Zamar quien deberá realizar la pericia contable ofrecida por Galeno seguros Sociedad Anónima, para lo cuál deberá la perito en el plazo de diez (10) días, indicar los gastos que requiera a los fines del cumplimiento de lo ordenado, los que deberán ser solventado por Galeno seguros Sociedad Anónima.

IV.- Notifíquese, póngase en conocimiento de C.A.P.S.A.P. y Rentas, archívese.-"

(Votos firmados: Dr. Horacio José Macedo Moresi - Vocal Pte. de Trámite; Dra. Silvia Elena Yecora – Vocal; Dr. Gustavo Alberto Toro – Vocal. Prosecretaria: Dra. Milena S. Elguero.)

No se registra voto en disidencia en el dispositivo.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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