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Cámara de Apelaciones

Daños y Perjuicios: Marcial, Margarita y otro C/ Miranda, Marcelo Fortunato y otro

Las actrices promovieron demanda por daños y perjuicios contra aseguradora y terceros reclamando indemnización derivada de un siniestro. La Cámara homologó el convenio transaccional por $1.000.000, impuso las costas a la aseguradora y reguló los honorarios y peritos conforme al monto del acuerdo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala IV (JUJUY)
Fuero
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala IV
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
A-24872/2004
Convenio transaccional Homologacion Danos y perjuicios Aseguradora Costas Regulacion de honorarios Peritos Embargo Pago en cuotas Monto $1.000.000 Observacion procesal: la sala homologo el acuerdo invocando arts. 1641 y 1642 del ccycn y aplico la pauta arancelaria (art. 23 ley 6112) para regular honorarios sobre la base del monto del convenio ($1.000.000).

¿Quién es el actor?

Sras. Margarita Patrocinia Marcial y Alicia Amelia Marcial (actrices).

¿A quién se demanda?

Liderar Compañía General de Seguros S.A., y codemandados (Miranda, Marcelo Fortunato y otro/asegurados).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de un hecho (reclamados contra aseguradora y posibles responsables civiles); pedidos indemnizatorios y medidas cautelares/embargos.

¿Qué se resolvió?

La Sala IV de la Cámara Civil y Comercial de Jujuy tuvo presente y homologó el convenio transaccional por la suma de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000), ordenó su pago en dos cuotas de $500.000 (20-11-21 y 20-12-21), impuso las costas a Liderar Compañía General de Seguros S.A., reguló y condenó a la aseguradora al pago de los honorarios de los letrados y peritos conforme a lo detallado, y autorizó el levantamiento de embargos una vez canceladas las cuotas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Textos transcritos literalmente de la sentencia (párrafos más relevantes):

"No existiendo en el referido instrumento cuestiones que alteren o violen el orden público, corresponde tener presente el convenio redactado en los términos de los Arts. 1641,1642 y s.s. del CCyCN."

"I. Tener presente y homologar el convenio transaccional presentado por las partes... PRIMERA: Que, en los presentes autos... LA ASEGURADORA, sin reconocer hechos ni derechos y al solo efecto transaccional, ofrece en concepto de indemnización, única, total y definitiva, abarcadora de la totalidad de los rubros reclamados en los autos mencionados la suma de PESOS UN MILLON ($1.000.000) propuesta que es aceptada por LA ACTORA."

"SEGUNDA: El monto indicado será abonado en dos cuotas iguales y consecutivas de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000)... mediante DEPOSITO JUDICIAL o TRANSFERENCIA BANCARIA A LA ORDEN DEL TRIBUNAL..."

"TERCERA: Una vez percibida la suma indicada LA ACTORA manifiesta que nada más tendrá que reclamar, ni judicial ni extrajudicialmente, respecto de LA ASEGURADORA, el asegurado, el conductor y todo posible responsable civil en concepto de indemnización total y única..."

"II. Imponer las costas a cargo de Liderar compañía General de Seguros S.A.."

"III. Regular los honorarios del ... Dr. Dago Alberto Justo Pubzolu, en la suma de pesos doscientos mil ($200.000) ... [y demás regulaciones detalladas]."

Citas textuales importantes incluidas arriba.

No se consignan votos de disidencia en el bloque dispositivo; la sentencia está suscripta por dos Vocales de la Sala IV (Dr. Horacio José Macedo Moresi y Dr. Gustavo Alberto Toro).

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