Ordinario por daños y perjuicios: Gomez Rosalìa c/ Juarez Mauro Santiago, Juarez Cesar Rolando, Liderar Compañía de Seguros S.A
La actora promovió demanda por daños y perjuicios y daño moral por un accidente de tránsito con muerte de su hijo y lesiones incapacitantes. La Cámara Civil y Comercial, Sala IV, hizo lugar a la demanda y condenó solidariamente al conductor, al titular del vehículo, a la cooperativa y a la aseguradora, imponiendo pago de $4.050.000 y extensión de la cobertura hasta $6.000.000.
¿Quién es el actor?
Gómez Rosalía, por sí (actora) representada por Dr. Nicolás Esteban Corte.
¿A quién se demanda?
Juarez Mauro Santiago (conductor), Juarez Cesar Rolando (titular del vehículo), Liderar Compañía General de Seguros S.A. (aseguradora) y Cooperativa provisión de servicios de transporte San Pedro limitada (tercero citado/organizador del servicio).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reparación integral por daños patrimoniales y no patrimoniales (incapacidad permanente del 10%, pérdida de chance de asistencia futura, daño moral por la muerte del hijo menor Dylan Eduardo Gómez) derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 07/10/2017; incluye gastos médicos, sepelio, y daño moral.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la demanda. Se condena solidariamente a Juarez Mauro Santiago y Juarez Cesar Rolando a pagar a la actora en 10 días la suma de $4.050.000; se hacen extensivas la condena y costas a la Cooperativa y a la aseguradora Liderar S.A., con límite de cobertura de $6.000.000 más intereses; se regulan honorarios y peritos conforme el decisorio. La Dra. Silvia Elena Yecora no suscribe por encontrarse en uso de licencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"III.- d. En conclusión no existe elemento alguno ni prueba alguna que constituya una eximente o limitación de responsabilidad respecto de los accionados, por lo que no habiendo cumplido el resultado propuesto en el contrato de transporte, es decir, el traslado sano y salvo de Rosalia Gomez y Dylan Gomez desde la ciudad de San Pedro de Jujuy a la ciudad de San Salvador de Jujuy, corresponde hacer lugar a la demanda y condenar a los accionados de forma solidaria a reparar los daños causados a la Sra. Rosalia Gómez."
"VII.-Conclusión A.- En definitiva y por lo hasta aquí expuesto, me pronuncio por hacer lugar a la demanda promovida por Gómez Rosalia y en su mérito, condenar de forma solidaria a Juarez Mauro Santiago, Juarez Cesar Rolando, a pagar en el plazo de 10 (diez) días a la actora, la suma de pesos cuatro millones cincuenta mil ($4.050.000). Este importe incluye capital por todos los rubros reclamados en la demanda e intereses, que han sido calculados a la fecha de la presente sentencia conforme lo antes referido y lo dispuesto en el artículo 1748 del CCyCN."
"VI.-Extensión de la condena, inconstitucionalidad de los sublìmites del contrato de seguro: ... declárese inaplicable a la presente causa los topes de pesos cuatrocientos cincuenta mil ($ 450.000) por personas que limitan el riesgo cubierto. En razón de ello corresponde hacer extensiva la condena a Liderar Compañía General de seguros S.A. en los términos del seguro contratado y con el tope de seis millones de pesos ($6.000.000) más intereses a la tasa activa sobre el mismo, desde la fecha del hecho hasta el efectivo pago."
¿Cómo votaron los jueces?
"Habiendo participado del acuerdo la Dra. Silvia Elena Yecora no suscribe el presente fallo por encontrarse en uso de licencia..." (constatada en el voto).
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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