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Cámara de Apelaciones

Cobro de sumas de dinero/pesos: Colegio de Abogados de Jujuy c/ Orellana Homero Alberto Ramón

El Colegio de Abogados de Jujuy promovió regulación de honorarios profesionales derivados de la causa de cobro de sumas de dinero contra Orellana Homero Alberto Ramón. La Cámara Civil y Comercial, Sala Primera, reguló los honorarios a $15.360 y ordenó su actualización con interés a la tasa activa del Banco Nación desde la fecha de la resolución, más IVA si correspondiere.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala I (JUJUY)
Fuero
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala I
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
c-83972/2017
Regulacion de honorarios Colegio de abogados de jujuy Honorarios profesionales Planilla de liquidacion Ley 6.112 Interes tasa activa banco nacion Iva Cobro de sumas de dinero Sala primera Capsap

¿Quién es el actor?

Colegio de Abogados de Jujuy.

¿A quién se demanda?

Orellana Homero Alberto Ramón.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación y cobro de honorarios profesionales devengados en el expediente de “Cobro de sumas de dinero/pesos” (expte. C-083972/17), conforme planilla de liquidación aprobada.

¿Qué se resolvió?

Se regularon los honorarios del Dr. Jorge Eusebio García en la suma de $15.360 (8 UMA), que devengarán interés a la tasa activa del Banco Nación desde la fecha de la resolución hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiera; se ordenó registrar, agregar copia, notificar por cédula y dar intervención a CAPSAP y Dirección Provincial de Rentas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En consecuencia, corresponde regular los honorarios profesionales por la labor cumplida en el presente proceso de conformidad a las pautas legales de los artículos 16, 17 y 26 de Ley 6.112, la base económica firme (liquidación de fs. 169/vta.). Conforme a ello, y teniendo en cuenta el motivo, la complejidad, la responsabilidad, resultado, y que el monto no supera el honorario mínimo establecido, corresponde regular los honorarios profesionales del Dr. JORGE EUSEBIO GARCIA, por su desempeño en las presentes actuaciones, en la suma de $15.360 (8 UMA). Dicha suma será pasible del interés de la tasa activa del Banco Nación de conformidad al criterio establecido por el STJ en la causa Zamudio c/ Achi, desde la fecha de la presente resolución y hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere."

"1. Regular los honorarios profesionales del Dr. JORGE EUSEBIO GARCIA, por su desempeño en las presentes actuaciones, en la suma de $15.360.

Dicha suma será pasible del interés de la tasa activa del Banco Nación de conformidad al criterio establecido por el STJ en la causa Zamudio c/ Achi, desde la fecha de la presente resolución y hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere.

2. Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula. Dese intervención a la C.A.P.S.A.P. y Dirección Provincial de Rentas, a sus efectos, etc."

(No se consignan votos en disidencia en el texto aportado.)

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