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Cámara de Apelaciones

Ordinario por daños y per-juicios: Miranda Miguel Ángel y otros c/ Wierna Analía J., Mamani Antonio G. y otro

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito contra la conductora y el conductor del automóvil y la aseguradora; también reclamó el propietario de la motocicleta. La Cámara hizo lugar respecto de Miguel Ángel Miranda y a Alberto Omar Lamas, rechazó la demanda de Antonela Florencia Roldan, adjudicó montos indemnizatorios y reguló honorarios; la responsabilidad se atribuyó concurrentemente entre la conductora de la moto y el conductor del automóvil, con extensión de la condena a la aseguradora según contrato.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala IV-Vocalía 12 (JUJUY)
Fuero
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala IV-Vocalía 12
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
D-26543/2018
Accidente de transito Responsabilidad objetiva Teoria del riesgo creado Incapacidad sobreviniente Dano moral Concurrencia de culpas (50%) Aseguradora Indemnizacion $1.000.000 Reparacion de motovehiculo $27.244 Costas y honorarios.

¿Quién es el actor?

Miguel Ángel Miranda; en su representación también interviene la madre y la menor Antonela Florencia Roldan (demandante en su propio derecho), y Alberto Omar Lamas (poseedor del motovehículo).

¿A quién se demanda?

Analía Jaquelina Wierna (propietaria del automóvil FRG619) y Antonio Gabriel Mamani (conductor); citada en garantía Escudo Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños patrimoniales y extrapatrimoniales derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 17/10/2018; rubros: incapacidad sobreviniente, daño moral, gastos médicos, reparación y desvalorización del motovehículo, privación de uso, lucro cesante y pérdida de chances.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda de Miguel Ángel Miranda y se condenó a Analía Jaquelina Wierna y Antonio Gabriel Mamani a abonar a Miranda la suma de $1.000.000 en 10 días hábiles; se condenó a los mismos a abonar a Alberto Omar Lamas $27.244 por daños en la motocicleta; se rechazó la demanda de Antonela Florencia Roldan; se reguló honorarios y se hizo extensiva la condena a Escudo Seguros S.A. con costas a los vencidos. La Jueza Yécora participó de la audiencia y deliberación pero no suscribió por hallarse en uso de licencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Entonces cuando la teoría del riesgo creado se aplica, quien reclama debe limitarse a acreditar el daño; la relación causal; el riesgo de la cosa; el carácter de dueño o guardián de los demandados, lo que implica una presunción, que deviene en una ventaja procesal para el damnificado, quien se beneficia con la inversión de la carga de la prueba. En consecuencia, el dueño o guardián de la cosa riesgosa que pretenda liberarse de responsabilidad, debe demostrar, o bien, que la cosa fue usada en contra de su voluntad; o que se produjo la interrupción total o parcial del nexo causal (Cfr. Brandone, María Mercedes, “Las prioridades de paso en la Ley Nacional de Tránsito. Avenida y circulación por la derecha”, LLBA2019 (octubre), 1 - RCyS2020-I, 13, Cita Online: AR/DOC/2583/2019 Thomson Reuter – La Ley)."

"En ese orden de ideas “…la norma prefiere a quien ingresó prelativamente al área de intersección, y pospone a quien se encuentra todavía espacio temporalmente distante de ella, obligándole por tanto, a ceder el paso.” y “…Una vez adquirido por el ingreso prioritario, el privilegio se mantiene para el designado activamente por la totalidad del espacio y el tiempo empleado en atravesar el área de conflicto, sin que pueda ser alterado o enervado, durante el acto de cruce por la llegada de un tercero por la derecha; por el contrario, siendo este el designado impreferente, deberá respetar y no interferir el paso franco del privilegiado.” (Cfr. “Preferencia del Ingreso Prioritario, de la Derecha – Izquierda y de Facto”, Carlos Tabasso Cammi, cita RC D 229/2012, Tomo: 1998 3 Accidentes de tránsito – III, Revista de Derecho de Daños. Ed Rubinzal Culzoni on line))."

"De tal suerte, la corta edad de la motociclista también fue un factor desencadenante del siniestro. La edad es considerada en la ley nacional de tránsito estableciendo una prohibición expresa a los menores de 16 años de poder siquiera obtener carnet habilitante, su carencia e imposibilidad de tramitación constituye una presunción grave de ausencia de la pericia necesaria para conducir motocicletas de 110 centímetros cúbicos, ello al presumirse iuris et de jure, que la edad mínima requerida por ley refleja la madurez necesaria para obtenerla luego de aprobar los exámenes de rigor, seamos llanos: en el caso Roldan no sólo carecía de licencia sino que no la podía obtener por no reunir la edad mínima requerida al tiempo del hecho (art. 11 inc. b y c ley 24.449)."

"Por lo tanto, al no haber obrado el demandado conforme la ley de tránsito, violando las normas conductivas ya señalas causando daños, juzgo que le acarrea responsabilidad en los términos del art. 1757 y 1758 del CCyC y por ello debe ser condenado a abonar una indemnización por las consecuencias del evento y en la proporción que señaláramos, haciéndose extensiva dicha condena a Escudo Seguros S.A (art. 118 ley 17.418) en los límites y extensión del contrato de seguro de responsabilidad civil obrante en autos, ello al demostrarse mediante pericia contable la existencia, vigencia y cobertura financiera del seguro (fs. 308 Y 309) por lo que corresponde rechazar las defensas ensayadas por la aseguradora."

(Bloque dispositivo final, transcripto tal como obra en la sentencia)

"RESUELVE:

1°) Hacer lugar a la demanda de daños y perjuicios promovida por Miguel Ángel Miranda y condenar a los demandados Analía Jaquelina Wierna y Antonio Gabriel Mamani a abonar al primero en el término de diez (10) días hábiles la suma de pesos un millón ($1.000.000) por los daños patrimoniales y extrapatrimoniales causados, así también corresponde condenar a los accionados a abonar a Alberto Omar Lamas en el término de diez (10) días hábiles, la suma de pesos veintisiete mil doscientos cuarenta y cuatro ($27.244) por los daños sufridos en el motovehículo de su posesión marca Corven Energy; con costas a los vencidos.

2º) Rechazar la demanda incoada por Antonela Florencia Roldan en contra de Analía Jaquelina Wierna y Antonio Gabriel Mamani, costas por su orden.

... 6°) Hacer extensiva la condena a la citada en garantía Escudo Seguros S.A conforme el contrato de seguros.

..."

¿Cómo votaron los jueces?

El voto del Dr. Gustavo Alberto Toro contiene la fundamentación principal y la propuesta dispositiva; el Juez Horacio José Macedo Moresi adhiere al voto del Presidente; la Jueza Silvia Elena Yécora participó de la audiencia y deliberación pero no suscribe por encontrarse en uso de licencia.

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