Enfermedad - Accidente de trabajo: Salas, Juan Eliseo c/ Galeno ART
El actor promovió demanda por prestaciones dinerarias previstas por la Ley de Riesgos del Trabajo por lesiones y reagravamiento por accidentes laborales. La Cámara del Trabajo rechazó la demanda por no acreditarse nexo causal ni reagravamiento vinculados al siniestro alegado, y declaró inconstitucionales normas de la LRT referidas a comisiones médicas.
¿Quién es el actor?
Juan Eliseo Salas, representado por el Dr. Carlos Ariel Meyer.
¿A quién se demanda?
Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de prestaciones dinerarias previstas por la Ley de Riesgos del Trabajo por incapacidad derivada de exposiciones laborales (vibraciones, posiciones forzadas, ruidos) y por dos accidentes: uno el 27/08/2012 y otro el 22/09/2017, que habría reagravado lesiones previas en hombros y columnas, además de hipoacusia.
¿Qué se resolvió?
Rechazar la demanda; imponer costas por su orden; regular honorarios y honorarios del perito.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de los párrafos más relevantes (texto original):
"La cuestión del pedido de inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 LRT (en tanto son estas las normas que se refieren a las comisiones médicas), esta ha sido objeto de numerosos pronunciamientos tanto en el orden nacional como local. Siendo así sostengo que tales normas son inconstitucionales por atribuirle a los profesionales médicos incumbencias que no poseen dando al poder administrador funciones jurisdiccionales que no pueden asumir, sustrayendo al trabajador de sus jueces naturales y provinciales en violación a los arts. 31, 75 inc. 12 y 22, 76, 99 y 116 de la CN. Asimismo este Tribunal ha tenido oportunidad de expedirse sobre el tema en innumerables pronunciamientos, argumentando que dichas normas tienen contenido procesal que avasalla el poder no delegado por las provincias al estado nacional (Art. 121, 126 C.N.) pronunciándose por la inconstitucionalidad de las mismas."
"Del dictamen, sin perjuicio de advertirse que se ha extendido el perito en consideraciones médicas (inclusive jurídicas) abstractas, resulta gravitante y vinculado a la cuestión en litis lo expresado a fs. 245 vta y 253 in fine/254 vta (conclusiones y respuestas a puntos de pericia).
Del examen ha podido concluir en limitaciones funcionales del hombro derecho y cuyo porcentual ha cuantificado en 20% e inclusive ha descartado toda afección de origen laboral del hombro izquierdo (fs. 254 vta, respuesta punto de pericia 6 del demandado), pero no ha vinculado de ninguna manera el perito aquel golpe denunciado en 2017 con aquel del año 2012 y reagravamiento alguno que pudiera derivar. De allí entonces que no puede establecer nexo de causalidad alguna que permita concluir en la admisión de reagravamiento."
¿Cómo votaron los jueces?
"I.- Rechazar la demanda fundada en la LRT promovida en autos por Juan Eliseo Salas en contra de Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
II.- Imponer la carga de las costas por su orden.
III.- Regular los honorarios profesionales del Dr. César Antonio Singh en $248.611, del Dr. Carlos Ariel Meyer en $174.028 y del Perito Médico el Dr. Carlos Rafael Gaspar en $24.861, sumas que en caso de mora devengarán intereses a tasa activa conforme lo considerado y a las que se adicionará IVA si así correspondiera.
IV.- Notificar, agregar copia en autos, protocolizar."
¿Cómo votaron los jueces?
No hubo voto en disidencia; los Dres. Masacessi y Montes adhirieron al voto de presidencia.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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