JurisprudenciaARG
Primera Instancia

PROTECCION DE PERSONA LEY 26.485, Z. E. C/ A. J. R

La actora promovió acción de Protección de Persona por violencia de género solicitando medidas precautorias. El Juzgado dispuso el cese de las medidas cautelares dictadas el 30/11/2020 por considerar que ha cesado el riesgo, ordenó tratamiento psicológico para ambas partes y condenó en costas al demandado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Juzgado de Primera Instancia de Violencia de Género Nº 6 (JUJUY)
Fuero
Juzgado de Primera Instancia de Violencia de Género Nº 6
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
VS-1636/2020
Proteccion de persona Violencia de genero Medidas precautorias Cese de medidas Tratamiento psicologico Ley 26.485 Costas Honorarios Informe de riesgo Interdisciplinario

¿Quién es el actor?

Sra. Z. E. (actora), con patrocinio de la Dra. Cristina del Carmen Saman, Defensora Oficial.

¿A quién se demanda?

Sr. A. J. R.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Medidas de protección en el marco de ley 26.485 por hechos de violencia de género (violencia psicológica, verbal y física), con solicitud de restricciones y medidas precautorias.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó el cese de las medidas cautelares dictadas el 30/11/2020 por haber vencido el plazo y porque, según informes periciales y de intervención, ha cesado la situación de riesgo; se dispone tratamiento psicológico individual para ambas partes por un mínimo de un año; se impusieron las costas al demandado y se regularon honorarios al letrado del demandado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Dicho esto, debo decir que cumplidas las audiencias previstas en nuestra reglamentación y habiendo tenido contacto personal con una de las partes del proceso, los estudios y peritaciones aportaron conocimiento técnico sobre la interacción de las mismas dando a conocer que se ha logrado el cumplimiento efectivo de las medidas de protección y obediencia, habiendo cesado la situación el riesgo que oportunamente dio lugar a la disposición de las medidas precautorias."

"Siendo de aplicación las normas de protección contra la Violencia de Género - Ley 26.485 ... La Ley 26.485, en su art. 4 ... conceptualiza a la Violencia Física: La que se emplea contra el cuerpo de la mujer produciendo dolor, daño o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato agresión que afecte su integridad física., y en el Inc. 2º, conceptualiza a la Violencia Psicológica, como aquella que causa daño emocional y disminución de la autoestima ... mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación o aislamiento."

Dispositivo (transcripción relevante):

"R E S U E L V E: I.- ORDENAR el cese de las medidas cautelares dispuestas por proveído de fecha 30 de Noviembre de 2020 de autos, en contra del Sr. A. J. R.- II.- DISPONER la obligación de ambas partes Sra. Z. E. y del Sr. A. J. R. de someterse a tratamiento psicológico individual... por un periodo no menor de un año ... III.- IMPONER las costas del presente proceso a la parte demandada... y REGULAR los honorarios profesionales al DR. GASTON JAVIER BAIGORRIA en la suma de PESOS DOCE MIL SEISCIENTOS SETENTA CON 50/00 ($12.670,50 – 5 UMA...)."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia en el expediente remitido.

Leyes que cita

  • Ley 26.485Ley de proteccion integral a las mujeres

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.