JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

Amparo “Cardozo Juan Carlos c/ Agroindustrias Nieser S.A

El actor promovió amparo por protección de datos personales solicitando la eliminación de registros laborales que lo vinculan indebidamente con Agroindustrias Nieser S.A. La Cámara hizo lugar al amparo, acreditó la registración errónea imputable a la demandada y condenó a la empresa a eliminar todo registro en AFIP y ANSES, además de librar oficios a esos organismos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala IV-Vocalía 10 (JUJUY)
Fuero
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala IV-Vocalía 10
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
D-34260/2020
Amparo Proteccion de datos personales Registracion laboral Afip Anses Eliminacion de registros Error de registracion Costas Honorarios Agroindustrias nieser s.a.

¿Quién es el actor?

Sr. Juan Carlos Cardozo, DNI 35.079.809, patrocinado por la Dra. Marisel Castro.

¿A quién se demanda?

Agroindustrias Nieser S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo por protección de datos personales; exhibición, corrección y/o eliminación de registros que lo consignan como empleado temporario de la empresa (inscripciones en AFIP y ANSES), con indemnizaciones por perjuicios derivados del uso indebido de sus datos (pérdida de beneficios sociales).

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar al amparo; condenó a Agroindustrias Nieser S.A. a proceder a la eliminación de todo registro del Sr. Cardozo como empleado temporario; ordenó librar oficio a AFIP y ANSES para proceder a la eliminación; impuso costas a la accionada y reguló honorarios en 40 UMAS.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De la prueba antes analizada surge que tanto de la manifestación del apoderado de la demandada Sergio Carciofi, así como del contador de la accionada Gustavo Faretta, surge probado que se registró al Sr. Juan Carlos Cardozo como empleado de la firma accionada por un error exclusivamente imputable a la accionada.

En razón de lo expuesto corresponde, hacer lugar al presente amparo y ordenar a la accionada a la eliminación de todo registro especialmente de la AFIP y del ANSES del Sr. Juan Carlos Cardozo, DNI 35.079.809, CUIL/CUIT 23-35079809-9, como empleado temporario de la empresa Agroindustria Nieser S.A..

Asimismo, y sin perjuicio de lo antes dicho, líbrese oficio a la AFIP y al ANSES a los fines de dar cumplimiento con lo aquí ordenado."

(Se incorpora además, como antecedente probatorio, el mail del contador de la accionada donde reconoce el error: "Efectivamente, por un error de nuestra parte, hemos dado de alta con el cuit del Sr. Cardozo a otro trabajador temporario. El alta se informó con fecha 01/11/19 y la baja se dio con fecha 06/12/19." )

¿Cómo votaron los jueces?

El bloque dispositivo final concluye conforme a lo transcripto en la parte resolutiva; no consta disidencia que modifique el sentido de la decisión mayoritaria.

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