JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

Ordinario por Daños Y Perjuicios: Sallago, Mariano Jesús c/ Chambi Víctor Gabriel y Urzagasti Esteban

Se planteó defensa por falta de personería contra la actuación del Dr. Sergio D. Gutiérrez en representación del Sr. Víctor G. Chambi. La Cámara consideró acreditada la falta de personería del Dr. Gutiérrez pero la subsanación por la ratificación de la personería del Dr. Roberto A. Moya, imponiendo las costas al Sr. Chambi.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala IV-Vocalía 10 (JUJUY)
Fuero
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala IV-Vocalía 10
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
D-34557/2020
Defensa de falta de personeria Ratificacion de personeria Poder juramentado Subsanacion Costas Incidente procesal Representacion letrada Dr. roberto a. moya Victor g. chambi Camara civil y comercial sala iv (jujuy)

¿Quién es el actor?

La Dra. Vilca Guitián, con patrocinio de la Dra. Ángela Zamar, interpone el reclamo/incidente.

¿A quién se demanda?

Se cuestiona la personería del Dr. Sergio David Gutiérrez respecto del Sr. Víctor Gabriel Chambi (parte principal: Sr. Víctor Gabriel Chambi, representado por letrados).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Defensa de falta de personería por la actuación del Dr. Gutiérrez y la validez del poder que habría conferido personería al Dr. Moya; impugnación del punto II de la Resolución de fecha 13/04/2021 que tuvo por presentado al Dr. Gutiérrez con el patrocinio del Dr. Moya.

¿Qué se resolvió?

Se tuvo por acreditada la falta de personería del Dr. Gutiérrez y, a su vez, se consideró superada dicha falta por la presentación y poder juramentado del Dr. Roberto Andrés Moya, ratificándose la personería de éste; se impusieron las costas del incidente al Sr. Víctor Gabriel Chambi.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Entrando al análisis debatida en autos surge de fojas 83 que el Dr. Gutiérrez actuaba hasta el momento de la misma en uso de la personería de urgencia que le fue otorgada por decreto de fojas 77 haciéndolo con el patrocinio letrado del Dr. Moya, lo cual expresamente reconoce éste en el responde obrante a fojas 116/117. En razón de ello el yerro que da cuenta el letrado constituye un reconocimiento de la falta de personería del Dr. Gutierrez para actuar como apoderado del Sr. Chambi."

"Asimismo la presentación de fojas 116/117 del Dr. Moya en su carácter de apoderado del Sr. Chambi conforme poder obrante a fojas 82/82vta. el cual se encuentra juramentado en el margen interno de fojas 82, subsana la deficiencia de personería con anterioridad a la presente resolución."

"En razón de lo dicho, corresponde tener por acreditada la falta de personería del Dr. Gutiérrez y por superada la misma en razón del poder conferido a favor del Dr. Moya, quien en al responder la excepción dilatoria ha subsanado el vicio del cual adolecía, imponiendo las costas al Sr. Chambi, Víctor Gabriel por haber dado motivo a la promoción de la defensa de falta de personería, y difiriendo la regulación del presente juicio incidente para el momento en el cual se regulen los honorarios del proceso principal."

(Bloque dispositivo final)

"1.- Tener por ratificada la personería asumida por el Dr. Roberto Andrés Moya subsanando con ello la falta de la misma.

2.- Imponer las costas del presente juicio incidente al Sr. Víctor Gabriel Chambi.

3.- Notifíquese a las partes, agréguese copia en autos, archívese, protocolícese, hágase saber, dese copia, etc."

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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