JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

PROCESO CAUTELAR DE ASEGURAMIENTO DE PRUEBAS: PAULA ANDREA GUANUCO C/ ESTADO PROVINCIAL

La actora promovió demanda por daños y perjuicios contra el Estado provincial por presunta mala atención obstétrica que derivó en eclampsia y síndrome de Hellp con secuelas neurológicas y oftalmológicas. La Cámara rechazó la demanda por inexistencia de prueba sobre la concurrencia previa al Hospital Paterson y por ausencia de relación de causalidad entre la actuación estatal y las secuelas, imponiendo costas a la actora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala I-Vocalía 2 (JUJUY)
Fuero
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala I-Vocalía 2
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-26538/2014
Danos y perjuicios Responsabilidad del estado Falta de servicio Eclampsia Sindrome de hellp Prueba pericial medica Nexo causal Historia clinica Congruencia Costas.

¿Quién es el actor?

Paula Andrea Guanuco (actora).

¿A quién se demanda?

Estado Provincial (Hospital Guillermo Paterson y derivación al Hospital Pablo Soria).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios (patrimoniales y extrapatrimoniales) por atención médica negligente/omisión en noviembre de 2008 (presunta consulta el 16/11/2008 y atención el 17/11/2008 que culminó en cesárea y secuelas).

¿Qué se resolvió?

Rechazar la demanda en su integridad; costas a la vencida; diferir regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Pues bien, cotejadas las referencias y citas de los Dres. Burgos y Gaspar considero que en modo alguno puede tenerse por cierto y bien probado que la actora haya concurrido el día antes de su internación por la guardia del Hospital Paterson, como que en esa oportunidad se la haya revisado superficialmente para enviarla sin más a su domicilio. Si el hecho no está probado deviene como jurídicamente inexistente en orden a determinar la responsabilidad civil resarcitoria del Estado."

"Concluyo de lo argumentado y fundando precedentemente que no existe responsabilidad civil del Estado por el servicio de salud brindado a la Sra. Guanuco en San Pedro, en las condiciones y circunstancias sobre las que he abundado anteriormente y que aparecen descriptas en detalle en ambas pericias. No se dan los presupuestos que, conforme al criterio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que he citado antes de ahora, permitan endilgare al accionado la obligación de responder por falta de servicio."

"Corresponderá rechazar la demanda promovida por la Sra. PAULA ANDREA GUANUCO en contra del ESTADO PROVINCIAL. Costas a la vencida (artículo 102 del Código Procesal Civil)."

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. LÓPEZ IRIARTE fundamentó extensamente la decisión (preopinante). El Dr. ESTEBAN JAVIER ARIAS CAU adhirió por idénticos fundamentos. La Dra. ELBA RITA CABEZAS se adhirió al primer voto. El bloque dispositivo refleja la decisión de la mayoría.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.