ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS: MIRTA LEONOR CUELLAR ONAGA c/ HERMINIA EMILCE ARENAS Y MAURO ALEJANDRO ADAUTO del cual; El Dr. CARLOS MARCELO COSENTINI dijo: I.- Que, comparece el Dr. Franco Emiliano Carchidi en nombre y representación de la Sea Mi
La actora promovió demanda por daños y perjuicios por colisión vial y reclamó reparación material, privación de uso y daño moral. La Cámara Tercera Civil y Comercial hizo lugar a la demanda, condenó solidariamente a conductor y titular registral al pago de $2.191.483 y reguló costas y honorarios, fundando su decisión en la confesional ficta por la incontestación y en la pericia mecánica.
¿Quién es el actor?
Mirta Leonor Cuellar Onaga, representada por Dr. Franco Emiliano Carchidi.
¿A quién se demanda?
Herminia Emilce Arenas (titular registral del Peugeot 207 dominio HVD 251) y Mauro Alejandro Adauto (conductor), y se menciona a la aseguradora Triunfo Seguros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por el siniestro vial ocurrido el 8/3/2019 — gastos de reparación del vehículo, pérdida del valor venal, privación de uso y daño moral, más intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la demanda; se condena solidariamente a Adauto y Arenas a pagar $2.191.483 (capital e intereses a la fecha) en el plazo de 10 días; se imponen costas a los demandados; se regulan honorarios y peritajes (Dr. Carchidi $292.197 y $87.659; perito Dr. Ovejero $55.517). En caso de mora, devengarán intereses a la tasa activa cartera general del BNA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“En cuanto al fondo de la cuestión, debemos decir que esta Sala se ha expedido ya en numerosas oportunidades señalando que la incontestación de la demanda importa asentimiento ficto de los accionados respecto de los hechos lícitos relacionados y de la instrumental aportada como elemento de convicción, en el acto de demandar (conf. Arts. 16, 298, 300 –inc. 1-, del C.P.C. y 919 y cctes. del C.C.). … El silencio de la demandada debe interpretarse como una manifestación de voluntad conforme a la demanda … Asi de las constancias del Expte penal agregado por cuerda ( EXPTE Nº P-218886-MPA ...) surge acreditado el hecho, a traves de las medidas dispuestas, exposición de las partes, planimetría, fotografías, croquis y demás que acreditan la mecánica de los hechos y coincide con la expuesta por la actora.
Efectivamente de las mismas se puede extraer que el siniestro se produjo cuando la actora, circulando por la Av. Ricardo Balbin del Barrio Bajo la Viña, respetando la señal lumínica del semáforo frenó, sin que ello haya sido advertido por el demandado, quien la sucedía en la marcha y que de forma imprudente no aplico la misma precaución y embistió frontalmente el vehiculo de aquella, produciendo daños en su parte posterior de importante magnitud.
De allí que resulte de absoluta aplicación la presunción de culpabilidad jurídica que cabe asignarse al conductor que, con la parte frontal de su vehículo, embiste la parte trasera de otro. Empero, por otro lado, esta particular presunción se enmarca en otra que, en forma genérica, atribuye responsabilidad al automóvil que revista el carácter de embistente ... Claro está que las presunciones de culpabilidad antes referidas revisten carácter de iuris tantum, por lo que admiten prueba en contrario, sin embargo, en autos no han sido siquiera invocadas atento la posición procesal asumida por los demandados.
De allí que considero que debe responsabilizarse al conductor y a la titular del rodado embistente, toda vez que la ocurrencia del hecho se debió exclusivamente a la conducta del mismo, quien embistió desde atrás al rodado de la actora evidenciándose perdida del dominio ( art. 39 Ley 24.449) prevención indebida- y no probó ninguna eximente de responsabilidad ( art. 1769, 1757 del C.C.C.), con lo cual se le debe reprochar totalmente la producción del hecho en cuestión, siendo el mismo el exclusivo responsable del evento dañoso que nos ocupa.”
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“El Lic. Rene Rubén Ovejero ... determinó: ‘Una vez concluida la observación se determina que el vehiculo automotor MARCA VOLKSWAGEN MODELO 307 SAVEIRO 1.6 DOMINIO AB777IV requiere la suma de $ 746.300 para ser reparado’. … Dicho informe no fue observado y la solvencia técnica de sus conclusiones me permiten tener por cierto sus dichos, teniendo por cierto que los gastos de reparación del mismo ascienden a la suma de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS ($ 746.300). … arribamos a la suma de $ 1.069.389,45 en concepto de intereses, con lo cual a la fecha, los gastos de reparación ... ascienden a la suma total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 45 CTAVOS. ($ 1.815.689,45).
… el Perito actuante ha determinado que el tiempo de reparación ... ascendían a 12 días aproximadamente, con lo cual, corresponde resarcir estos días de indisponibilidad ... otorgar por dicho concepto la suma de $ 2.000 por día, lo que determina un monto de PESOS VEINTICUATRO MIL ($ 24.000). … con lo cual, el monto total por privación de uso, asciende a la fecha a la suma de PESOS SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO ($ 79.794 ).
… propongo cuantificar [el daño moral] en la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000) calculada con criterio actual, por lo que los intereses devengados desde la fecha del hecho y hasta el presente, a la tasa del 8% anual, asciende a la suma de pesos Noventa y seis mil ($ 96.000) con lo cual arribamos a un monto total de daño moral a la fecha de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 296.000).”
¿Cómo votaron los jueces?
La Dra. Caballero y la Dra. Issa adhieren al voto de Presidencia de Trámite; no existen disidencias.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 24.449Ley de transito
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.