ACCION EMERGENTE DE LA LEY DEL CONSUMIDOR: CAYO, NELIDA EVA c. HORIZONTE MULTINIVEL DESARROLLOS INMOBILIARIOS HMDI S.R.L. y ALDECOA, JULIO CESAR
La actora promovió acción emergente de la Ley de Defensa del Consumidor por resolución contractual y daños por la venta de fracciones de lote con gravámenes no informados. La Cámara hizo lugar a la demanda, ordenó la restitución de $150.000 con intereses y condenó a los demandados al pago de una multa civil de $1.500.000 por prácticas abusivas, totalizando $1.979.656 más costas y honorarios.
¿Quién es el actor?
Sra. NELIDA EVA CAYO, representada por el Dr. Gustavo Daniel Navarro.
¿A quién se demanda?
HORIZONTE MULTINIVEL DESARROLLOS INMOBILIARIOS HMDI S.R.L. y JULIO CESAR ALDECOA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción emergente de la Ley de Defensa del Consumidor por resolución contractual, devolución de sumas abonadas ($150.000), daño directo, privación de uso y goce del dinero, daño moral, daño punitivo e intereses, por la adquisición de tres fracciones de terreno cuyo estado real (gravámenes/embargos y prestación de servicios) fue falseado u ocultado.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda. Se condenó a los accionados a pagar a la actora en cinco días la suma total de $1.979.656 (que comprende la restitución de $150.000 más intereses y la multa civil de $1.500.000), más costas y honorarios. Se regularon honorarios a favor del letrado de la actora en $395.931.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Examinada entonces la totalidad de la prueba obrante en autos, advierto que los recibos de fecha 24/08/2019 y 26/08/2019, emitidos por la firma demandada HORIZONTE MULTINIVEL HMDI S.R.L., dan cuenta de la entrega efectiva por parte de la Sra. Eva Nélida Cayo, de las sumas de $ 1.000 y $ 149.000 (ver fs. 8 y 9), en concepto de seña y pago al contado y cancelatorio de las fracciones 15, 16 y 17, Mza. 24 del loteo ‘Terrazas del Lago’."
"De modo que, si faltan a la verdad en lo que respecta a los servicios del lugar, no se puede esperar otra cosa en lo referente a los gravámenes de los mismos. Existe en autos una clara inexactitud entre la cosa promocionada y la efectivamente ofrecida, presentando esta última un vicio de fondo que invalida al negocio jurídico que unió a las partes."
"Siendo así y dado que es deber de los magistrados analizar la relación entre las partes siempre dentro del marco de la buena fe y la lealtad (art. 961 del CCyCN)... entiendo que la presente acción debe prosperar, teniendo presente la frustración del negocio jurídico que intentó la actora, y lo que me obliga a pronunciarme a favor de la devolución a esta última de los montos por ella abonados, con más los daños y perjuicios, conforme lo paso a detallar."
"Teniendo presente que lo que persigue la actora es la devolución del dinero invertido, el ‘daño directo’ comprende las sumas abonadas ... las que sin lugar a dudas deben ser restituidas, volviendo las cosas al estado anterior, es decir la suma total de $ 150.000. A dicho monto deberá adicionarse un interés equivalente a la tasa activa cartera general ... desde la fecha de su entrega cancelatoria (26/08/2019) y hasta la de este pronunciamiento, lo que arroja una suma total de CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS ($ 479.656.-)."
"En la tesitura apuntada ... considero procede en el caso la sanción prevista en el art. 52 bis de la Ley 24.240 ... estimo corresponde justipreciar en la suma de UN MILLON QUINIENTOS MIL PESOS ($ 1.500.000.-) a favor de la actora."
Bloque dispositivo (texto final del fallo): "1.- Hacer lugar a la demanda ... condenando a estos últimos a abonar a la actora ... la suma de UN MILLON NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS ($ 1.979.656.-) ... 2.- Imponer las costas del proceso a los accionados (Art. 102 CPC). 3.- Regular, los honorarios del Dr. GUSTAVO NAVARRO, en la suma de TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UN PESOS ($ 395.931.-)."
¿Cómo votaron los jueces?
Los tres votos (Issa, Cosentini y Caballero) adhieren al mismo sentido; no se registran votos en disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 24.240Defensa del consumidor
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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