DAÑOS Y PERJUICIOS: ROBERTO AMERICO BURGOS c/ JOSEFINA ALCARAZ, CESAR RENE MELANO Y ASEGURADORA FEDERAL ARGENTINA
La Dra. Haydee Lopez solicitó la regulación de sus honorarios por la intervención en el expediente de daños y perjuicios relacionado con un convenio transaccional. La Cámara reguló los honorarios en PESOS VEINTISÉIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS ($26.666) y dispuso que deberán ser soportados por su mandante.
¿Quién es el actor?
Dra. Haydee Lopez, quien actuó en representación de la demandada Josefina Alcaraz.
¿A quién se demanda?
Se solicita que los honorarios sean reconocidos y regulados respecto de la actuación profesional; el pago deberá ser soportado por su mandante, Josefina Alcaraz (en el marco del expediente DAÑOS Y PERJUICIOS: ROBERTO AMERICO BURGOS c/ JOSEFINA ALCARAZ, CESAR RENE MELANO Y ASEGURADORA FEDERAL ARGENTINA).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios profesionales por la actuación de la Dra. Haydee Lopez, tomando como base económica el convenio transaccional celebrado por las partes por la suma de $400.000 (concepto de capital).
¿Qué se resolvió?
Se regulan los honorarios en la suma de PESOS VEINTISÉIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS ($26.666) —equivalente al 20% del capital— y se establece que dichos honorarios deberán ser soportados por su mandante. Se ordenó registrar, agregar copia en autos y notificar por cédula. Resolución suscripta por los tres jueces de la Sala III (Cosentini, Caballero e Issa), por lo que la decisión es de mayoría unánime.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I.-Que, se presenta la Dra. Haydee Lopez, quien actuó en representación de la demandada Josefina Alcaraz y solicita la regulación de sus honorarios profesionales.-
II.- A tales fines corresponde tener en cuenta la base económica que resulta del Convenio transaccional al que han arribado las partes, la que asciende a la suma de $ 400.000 en concepto de capital.-
III.- Que atento a ello, corresponde regular sus honorarios profesionales en la suma de PESOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS ($ 26.666) que representan del 20% del capital, un tercio (1/3), conforme las etapas del juicio por ella cumplidas ( art. 17, 23 y 31 de la ley 6112)
IV.- Dichos emolumentos se imponen a su mandante, atento las resultas del proceso y los términos del convenio al que han arribado las partes."
Y el dispositivo final: "I.- Regular los honorarios de la Dra. Haydee Lopez en la suma de PESOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS ($ 26.666) conforme las disposiciones de la ley 6112.-
II.-Establecer que dichos honorarios deberán ser soportados por su mandante.-
III.- Registrar, agregar copia en autos y notificar por cédula."
(No se consignan votos en disidencia; la resolución está firmada por los tres Jueces de Cámara.)
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