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Cámara de Apelaciones

Daños y Perjuicios: Villalba Noelia Beatriz, por sí y en nombre de su hija menor c/ Lamas Alcira Rita

Se regulan honorarios de peritos por pericia accidentológica y médica en causa de daños y perjuicios. La Cámara fijó los honorarios en $32.446 para cada perito (5% sobre la base económica fijada en $1.297.806), con interés a la tasa activa del Banco Nación y más IVA si correspondiere.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala I-Vocalía 1 (JUJUY)
Fuero
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala I-Vocalía 1
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-79805/2016
Honorarios peritos Regulacion de honorarios Pericia accidentologica Pericia medica Danos y perjuicios Convenio indemnizatorio Interes tasa activa banco nacion Stj zamudio c/ achi Iva Incidente

¿Quién es el actor?

Villalba Noelia Beatriz, por sí y en nombre de su hija menor.

¿A quién se demanda?

Lamas Alcira Rita.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Expediente principal por "Daños y Perjuicios"; en este incidente se regula la liquidación de honorarios profesionales de peritos.

¿Qué se resolvió?

Se regulan y fijan los honorarios de la Perito Lic. Marisol del Valle Arancibia Rodríguez y del Perito Dr. Eduardo M. Paz en $32.446 cada uno, con devengamiento de interés a la tasa activa del Banco Nación conforme criterio del STJ (causa Zamudio c/ Achi) desde la fecha de la resolución y hasta su pago, más IVA si correspondiera; se ordena registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula e intervenir a la C.A.P.S.A.P. y Dirección Provincial de Rentas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Para ello se tendrá en cuenta el convenio arribado por las partes (agregado en la audiencia de vista de causa de fecha 17/10/22), donde la parte actora reajusta su pretensión indemnizatoria en la suma de $ 600.000 (Clausula primera).

Habiéndose convenido los honorarios de la abogada de la parte actora (clausula tercera), solo queda regular los honorarios profesionales de la perito accidentóloga Lic. Marisol del Valle Arancibia Rodríguez y del perito médico Dr. Eduardo M. Paz, lo que se hará conforme acordada del STJ Nº 114/16, atendiendo a la importancia de la labor efectivamente cumplida en el presente proceso (pericia accidentológica de fs. 225/239 y contestación de observación de fs. 264 y 276 y pericia medica de fs. 397/402), determinado en un 5% sobre la base económica firme (monto del convenio $ 600.000, a hoy $ 1.297.806).

Dicha suma devengará el interés de la tasa activa del Banco Nación de conformidad al criterio establecido por el STJ en la causa Zamudio c/ Achi, desde la fecha de la presente resolución y hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere."

Texto del dispositivo (transcrito tal cual el bloque resolutorio final):

"1. Regular los honorarios profesionales a la Perito Lic. Marisol del Valle Arancibia Rodríguez, en la suma de $ 32.446, y al Perito Eduardo M. Paz en $ 32.446, por la labor desarrollada en estos autos.

Dicha suma devengará el interés de la tasa activa del Banco Nación de conformidad al criterio establecido por el STJ en la causa Zamudio c/ Achi, desde la fecha de la presente resolución y hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere.

2. Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula. Dese intervención a la C.A.P.S.A.P. y Dirección Provincial de Rentas, a sus efectos, etc."

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