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Cámara de Apelaciones

Daños y Perjuicios: Cala Marcelo Sebastián c/ Quispe Nelson Gustavo y Quispe Helvio Ivan

El actor promovió demanda por daños y perjuicios contra Quispe Nelson Gustavo y Quispe Helvio Iván y existió además un expediente cautelar conexo. La Cámara reguló los honorarios profesionales a favor de los Dres. Chalabe, Guzmán y Navarro, determinando montos concretos y que devengarán interés a la tasa activa del Banco Nación desde la fecha de la resolución.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala I-Vocalía 1 (JUJUY)
Fuero
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala I-Vocalía 1
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-132264/2019
Honorarios profesionales Regulacion de honorarios Caducidad de instancia Danos y perjuicios Cautelar Tasa activa banco nacion Interes C.a.p.s.a.p. Ley 6.112 Notificacion por cedula.

¿Quién es el actor?

Cala Marcelo Sebastián.

¿A quién se demanda?

Quispe Nelson Gustavo y Quispe Helvio Iván.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda por daños y perjuicios (Expte. C-132264/19) y actuación en expediente cautelar conexo (Expte. C-129821/19).

¿Qué se resolvió?

Se regulan y fijan honorarios profesionales para los letrados intervinientes: Dra. Alicia del Rosario Chalabe $142.611; Dr. José Luis Guzmán $99.828; Dr. Luis Navarro $28.522. Las sumas devengarán interés a la tasa activa del Banco Nación desde la fecha de la resolución hasta su efectivo pago, más IVA si corresponde. Se ordena registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula y dar intervención a la C.A.P.S.A.P. y a la Dirección Provincial de Rentas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Atendiendo al monto por el que hubiera prosperado la demanda de fs. 27/36, en la suma de $1.054.400 (hoy son $4.278.346, aplicando tasa activa del Banco Nación desde la fecha del hecho 24/11/18) del que la aplicación del porcentaje (50% por caducidad) arroja la cantidad de $2.139.173, sobre la que se deberá calcular las etapas efectivamente cumplidas, esto es 1/3 (demanda y contestación), se obtiene como base económica la suma de $713.058.

Conforme a ello, corresponde regular los honorarios profesionales de la Dra. Alicia del Rosario Chalabe en un 20%, y al Dr. José Luis Guzmán en un 70% de lo regulado al vencedor, por su actuación en los presentes obrados.

Regular los honorarios profesionales del Dr. Luis Navarro en un 4% sobre la base económica, por su actuación en el Expediente Nº C-129821 'Cautelar:…'."

"Dichas sumas devengarán el interés de la tasa activa del Banco Nación de conformidad al criterio establecido por el STJ en la causa Zamudio c/ Achi, desde la fecha de la presente resolución y hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia en el texto aportado; la resolución final está firmada por los tres jueces de la Sala Primera.

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