JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

Daños y perjuicios: García Carlos Guillermo c/ Vera Leonardo Matías y Claros Federico Ernesto

El actor promovió demanda por cobro de pesos por la construcción de un galpón y acciones acumuladas por incumplimiento contractual y daño por desapoderamiento de una camioneta. La Cámara hizo lugar a la demanda principal por cobro de pesos y condenó al demandado a abonar $62.552.960, rechazando las demás pretensiones y la reconvención, con costas al vencido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala IV-Vocalía 12 (JUJUY)
Fuero
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala IV-Vocalía 12
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
D-25692/2018
Contrato de obra Cobro de pesos Actualizacion judicial Intereses tasa activa bna Pericia tecnica Ruina funcional Reconvencion Transferencia automotor (form. 08) Danos y perjuicios por robo Regulacion de honorarios. Nota: la sentencia de camara fue posteriormente parcialmente revocada por la suprema corte de justicia (sentencia n? 2979 30/06/25) Segun la anotacion al inicio del texto.

¿Quién es el actor?

Carlos Guillermo García.

¿A quién se demanda?

Leonardo Matías Vera (y en algunas pretensiones también Federico Ernesto Claros).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de pesos por contrato de obra (construcción de un galpón) por $2.395.830 (actualizado judicialmente), cumplimiento de contrato y entrega de formularios 08 (transferencia de camioneta RAM dominio AB440UE), y daños y perjuicios por desapoderamiento/robo de la camioneta y demás daños (lucro cesante, daño psicológico, daño moral).

¿Qué se resolvió?

la Cámara hizo lugar a la demanda por cobro de pesos y condenó a Vera a pagar en 10 días la suma de $62.552.960 (que en caso de mora llevará intereses a la tasa activa cartera general del BNA), rechazó la reconvención por incumplimiento contractual y rechazó las acciones por cumplimiento de contrato (formularios 08) y por daños por el robo de la camioneta, con costas al actor vencido; además reguló múltiples honorarios y honorarios periciales según lo detallado en el dispositivo. Votos: unanimidad (los tres jueces adhirieron al voto del presidente).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En suma siguiendo el precedente Zamudio c/ Achi acumulando el interés por razones de justicia, el crédito del actor '….que resulta de sumar al capital de cada rubro adeudado, el interés de la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina desde la mora de cada prestación…' hasta el 28 de diciembre de 2023, asciende a la suma total de pesos sesenta y tres millones ochocientos veintinueve mil quinientos cincuenta y uno ($63.829.551) ... siendo la fórmula empleada: capital + intereses = C(1+i) n ... El método y cálculos propuestos es un todo conteste con el art. 770 inciso c) del Código Civil y Comercial ... corresponde acoger la demanda por cobro de pesos por la suma de pesos sesenta y dos millones quinientos cincuenta y dos mil novecientos sesenta ($62.552.960) ya detraído el dos por ciento (2%) por defectos constructivos reparables como dictaminó el perito, suma que en caso de mora llevara intereses de uso judicial conforme el precedente Zamudio c/ Achi desde esta sentencia y hasta su efectivo y total pago, sin acumularse."

"RESUELVE: 1º) Hacer lugar a la demanda por cobro de pesos promovida por Carlos Guillermo García en contra de Leonardo Matías Vera, y en consecuencia condenar a este a que en el plazo de DIEZ DÍAS hábiles abone la suma de pesos sesenta y dos millones quinientos cincuenta y dos mil novecientos sesenta ($62.552.960), la que en caso de mora llevara intereses a la tasa activa cartera general (prestamos) nominal, anual, vencida a treinta días no acumulable del Banco de la Nación Argentina hasta el efectivo y total pago, asimismo se rechaza la reconvención deducida por incumplimiento contractual y demás pretensiones vinculadas al cumplimiento/incumplimiento del contrato de obra, en ambos casos con costas al vencido."

¿Cómo votaron los jueces?

no se registran votos en disidencia; el dispositivo final fue aprobado por los tres miembros de la Sala IV.

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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