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Tribunal Superior

Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº C-048.890/2015 (Cámara en lo Civil y Comercial - Sala II - Vocalía 5) Ordinario por daños y perjuicios: Alberti, Susana Marisel

La actora interpuso recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito y una presunta mala praxis médica; reclamó daño material, moral y gastos de sepelio. La Suprema Corte hizo lugar parcialmente al recurso, ordenó que el tribunal de origen se expida sobre la pretensión del co-actor fallecido, confirmó la condena por daño moral ($1.000.000) y revisó la distribución de costas y la cobertura de las aseguradoras.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Suprema Corte de Justicia (S.T.J.) - Sala I-Vocalía 2 (JUJUY)
Fuero
Suprema Corte de Justicia (S.T.J.) - Sala I-Vocalía 2
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
CF-18876/2022
Danos y perjuicios Accidente de transito Mala praxis medica Dano moral Sucesion Omision de pronunciamiento Costas Aseguradora Legitimacion hereditaria $1.000.000

¿Quién es el actor?

Susana Marisel Alberti (por sí y como administradora judicial de la Sucesión de Juan Damaseno Alberti).

¿A quién se demanda?

Marcelo Gabriel Aparicio; Elva Gladis Castro; Caja de Seguros S.A.; Efraín Eduardo Alfaro; Servicios Profesionales de la Salud S.R.L.; Prudencia Compañía de Seguros S.A.; T.P.C. Compañía de Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pretensiones por daños y perjuicios derivadas de un accidente de tránsito ocurrido el 14/06/2015 y por posible mala praxis médica que habría derivado en la muerte de Elvira Villagra; se reclamaron daño moral, daño material y gastos de sepelio, entre otros rubros.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar parcialmente al recurso de inconstitucionalidad, revocó y redactó de nuevo partes del decisorio apelado: rechazó la demanda contra Aparicio, Castro y Caja de Seguros S.A. (con costas por el orden causado); confirmó la procedencia de la demanda contra Alfaro y Servicios Profesionales de la Salud S.R.L., condenándolos a pagar $1.000.000 por daño moral; extendió la condena a las aseguradoras en los términos de las pólizas y ordenó que el tribunal de origen se expida sobre las pretensiones del co-actor Juan Damaseno Alberti (sucesión).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Texto relevante 1:

"Así, efectivamente advierto existe una omisión de pronunciamiento por parte de la Cámara en relación a la petición de Juan Damaseno Alberti (hoy sucesión) relativo a la indemnización de los rubros por daño moral, daño material y gastos de sepelio vinculados al deceso de su esposa y plasmados en la pretensión principal."

Texto relevante 2:

"En consecuencia, claramente se generó un crédito a favor de la sucesión, y la heredera posee la legitimación y la acción para hacerlo efectivo de acuerdo a las disposiciones de los arts. 2277, 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación. Por ello, deberán remitirse las actuaciones al Tribunal de origen a los fines de expedirse sobre los rubros debidos a la sucesión de Juan D. Alberti."

Texto relevante 3:

"En definitiva, del escrito de fs. 281 y vta. del expediente principal, específicamente en el punto 1.-, la Aseguradora aceptó la cobertura del Dr. Eduardo Efraín Alfaro en las condiciones de la póliza, con lo cual la condena debe hacerse extensiva a Prudencia Compañía de Seguros Generales S.A. en la medida del seguro contratado, pues la exclusión de cobertura sólo fue planteada en relación a Cooperativa de Trabajo Profesionales de la Salud Sanatorio Los Lapachos."

Texto relevante 4 (sobre costas):

"Por ello entiendo justo y razonable imponerlas por el orden causado (para el tópico bajo análisis) según lo dispone el art. 102, segundo párrafo del C.P.C."

¿Cómo votaron los jueces?

No hubo voto discordante: los Dres. Llamas y Otaola adhieren al voto que antecede; el bloque resolutivo final es coincidente con el voto mayoritario.

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