Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en expte. C-062.811/2016 (Tribunal del Trabajo -Sala III- Vocalía 9) Enfermedad/Accidente de trabajo: TORRES, ANIBAL RUBÉN c/ ESTADO PROVINCIAL, POLICIA DE LA PROVINCIA DE JUJUY
El actor demandó por indemnización por incapacidad derivada de accidente de trabajo por RVAN. La Sala Laboral de la Suprema Corte hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad, revocó la sentencia del Tribunal del Trabajo y ordenó nueva pericia con intervención de psiquiatra por el Departamento Médico del Poder Judicial.
¿Quién es el actor?
Aníbal Rubén Torres, representado por el Dr. Carlos Abel Damián Aguiar.
¿A quién se demanda?
Estado Provincial, Policía de la Provincia de Jujuy.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por incapacidad derivada de accidente de trabajo (diagnóstico de RVAN, reconocimiento de incapacidad).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso interpuesto por el actor para revocar la sentencia de la Sala III del Tribunal del Trabajo (16/02/2023) que había rechazado la demanda; se ordenó remitir la causa al tribunal subrogante para que otorgue intervención al Departamento Médico del Poder Judicial, realice nueva pericia médica con intervención de un psiquiatra y, cumplidos los trámites, dicte sentencia. Se impusieron las costas de la instancia a la parte recurrida y se difirió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Analizado el caso considero que asiste razón al recurrente en cuanto a que resulta arbitrario que el tribunal ante la insuficiencia o defecto de la pericia, concretamente porque no fue realizada por médico psiquiatra, haya decidido el rechazo de la demanda."
"Entiendo que en el caso debió el tribunal obrar conforme a las facultades previstas en el art. 12 del CPT, a fin de esclarecer la cuestión."
"En relación a ello cabe señalar que la resolución de la SRT 762/2013 -Protocolo de Prestaciones Médicas en Psiquiatría- establece que el diagnóstico en los casos de RVAN y el encuadre en cada uno de sus grados debe realizarse mediante examen psiquiátrico y batería de test, a lo que agrego que el baremo -decreto 659/1996- refiere a estas patologías en el capítulo correspondiente a la psiquiatría."
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. Bernal (voto principal), Miranda y Otaola adhieren; decisión por unanimidad del Tribunal (bloque dispositivo final consigna la resolución).
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