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Tribunal Superior

FISCAL C/ GARCIA MANCA MAURICIO ANTONIO P/ PORTACION ILEGAL DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL S/ CASACION

El Ministerio Público Fiscal interpuso recurso de casación contra el auto que otorgó la suspensión del juicio a prueba por portación ilegal de arma de fuego. La Suprema Corte de Justicia (Sala Segunda) hizo lugar al recurso, revocó el auto del Juzgado Penal Colegiado N°1 por falta de motivación adecuada del tribunal de grado frente al dictamen fiscal y remitió las actuaciones al tribunal de origen.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-06720703-8/1
Casacion Suspension del juicio a prueba Motivacion Principio de legalidad Dictamen fiscal Portacion ilegal de arma Ausencia de consentimiento fiscal Remision al tribunal de origen Interlocutoria penal. Art. 155 cpp

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (Fiscal Titular de la Fiscalía de Instrucción N° 28).

¿A quién se demanda?

Mauricio Antonio García Manca (imputado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Casación contra el auto que concedió la suspensión del juicio a prueba por el delito de portación ilegal de arma de fuego de uso civil.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal y se revocó el auto del Juzgado Penal Colegiado N°1, de fecha 28/06/2021, que había concedido la suspensión del juicio a prueba; se remitieron las actuaciones al tribunal de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Puesto a resolver el caso traído a estudio, adelanto que corresponde hacer lugar al recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal por las razones que a continuación se exponen."

"Según puede apreciarse del registro audiovisual de la audiencia desarrollada el día 28 de junio de 2021, si bien la jueza de instancia anterior reconoció que el Ministerio Público Fiscal se opuso al otorgamiento del instituto procesal solicitado, resolvió concederlo. Aseveró que agregar requisitos distintos a los previstos en la normativa procesal por razones de política criminal conculca los principios de legalidad, interpretación restrictiva, ultima ratio y pro homine, como también la garantía de igualdad."

"Así, en tanto la vista conferida al Ministerio Público Fiscal fue evacuada conforme a derecho (art. 167 del CPP) y en contra de la concesión de la suspensión peticionada, no correspondía que fuese otorgada. En consecuencia, estimo que existen vicios en el razonamiento de la decisión que se recurre en esta instancia, en tanto no satisface los requisitos de motivación contenidos en el art. 155 del CPP, lo que la torna arbitraria."

¿Cómo votaron los jueces?

La decisión se adoptó por mayoría (Adaro y Valerio). El Dr. Omar A. Palermo no suscribió por licencia.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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