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Tribunal Superior

CONTE JOSE GERARDO C/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA P/ ACCIÓN PROCESAL ADMINISTRATIVA

Acción procesal administrativa contra la baja del adicional “mayor dedicación” y la inconstitucionalidad del Decreto-Acuerdo 2701/15. La Sala Segunda rechazó la demanda: declaró improcedente el planteo de inconstitucionalidad por genérico y consideró legítima la aplicación del Decreto 2701/15 y la baja del adicional en atención a las necesidades del servicio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-04377089-0
Costas Derechos adquiridos Honorarios. Accion procesal administrativa Inconstitucionalidad generica Ley 7557 Mayor dedicacion Decreto-acuerdo 2701/15 Potestad de organizacion administrativa Cargas horarias

¿Quién es el actor?

Dr. José Gerardo Conte.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Provincia de Mendoza (con intervención de Fiscalía de Estado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revocatoria del Decreto n° 844/2018 y de la baja del adicional por mayor dedicación; declaración de inconstitucionalidad del Decreto-Acuerdo n° 2701/15; y, en subsidio, indemnización por baja incausada del adicional.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda, se impusieron las costas a la actora y se regularon honorarios profesionales. Se desestimó la pretensión de declarar la inconstitucionalidad del Decreto 2701/15 por tratarse de planteo genérico; se sostuvo que el adicional por mayor dedicación no constituye derecho adquirido inatacable y que la administración actuó en el marco de la potestad de organización y de lo previsto en el Decreto 2701/15.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Corresponde examinar la legitimidad del accionar administrativo que suprimió del salario del agente accionante el adicional por mayor dedicación a partir del 1 de febrero de 2016 y y sobre la constitucionalidad de 'cualquier disposición que afecte el derecho de los trabajadores, como lo es del Decreto Nº 2701/15.'... Cabe destacar, en primer término, que el accionante articula un pedido de inconstitucionalidad genérico que no cumple con una fundamentación de agravios necesaria para tratar la revisión de la validez constitucional de una norma."

"En relación al adicional en estudio, tiene dicho este Tribunal que el mismo se percibe bajo el concepto de servicio efectivamente prestado y no como suplemento fijo. Es variable, en la medida que la autoridad concedente decide otorgarlo o no y por razones exclusivas de servicio... Asimismo, no se tiene derecho adquirido a mantener el adicional por mayor dedicación."

"Analizada la normativa expuesta, en conjunción con las constancias de la causa y los principios aplicables a la materia, no se avizora como irrazonable ni ilegítimo el obrar administrativo cuestionado... En el caso, no se avizora ilegítimo el cese de los adicionales en trato, atento al fin del Decreto n° 2701/15 de acuerdo al relevamiento impuesto por el art. 1 y la necesidad de justificación de las áreas de desempeño, respecto del cumplimiento efectivo de la tarea y la carga horaria, que son requisitos de goce del adicional por mayor dedicación bajo examen (art. 7)."

(Votos: Dr. Mario D. Adaro votó por el rechazo y argumentó las razones arriba transcritas; Dr. Omar A. Palermo adhirió al voto; constancia de inasistencia por licencia del Dr. José V. Valerio.)

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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