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Tribunal Superior

FISCALIA DE ESTADO EN J° 13-00686571-7 (151761) / 52845 FISCALIA DE ESTADO C/ OLDRA, RUBEN ANTONIO S/ REIVINDICACION P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL

La Fiscalía de Estado promovió acción reivindicatoria para obtener la restitución del inmueble rural Campo El Hurón de 1.300 hectáreas. La Suprema Corte de Mendoza confirmó la sentencia de la Cámara que rechazó la demanda: constata superposición parcial del plano estatal con la posesión del demandado y acredita defensa posesorias que enervan la reivindicación, por lo que no prospera el reclamo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA PRIMERA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA PRIMERA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-00686571-7/1
Posesion Costas Reivindicacion Prescripcion adquisitiva administrativa Superposicion catastral Plano 3736/11 Matricula 159.083/11 Prueba pericial agrimensura Inconstitucionalidad (analizada y evitada) Accion posesorias/usucapion.

¿Quién es el actor?

Fiscalía de Estado de la Provincia de Mendoza.

¿A quién se demanda?

Rubén Antonio Oldrá.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción reivindicatoria sobre inmueble rural identificado como "Campo El Hurón" de 1.300 hectáreas, con título estatal derivado de prescripción adquisitiva (Escritura N°108 y matrícula 159.083/11, Decreto 2216/00).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso extraordinario interpuesto por la Fiscalía de Estado y se confirmó la sentencia de la Tercera Cámara que desestimó la demanda reivindicatoria. Se impusieron costas al recurrente y se difirió regulación de honorarios. Voto conjunto de los Dres. Llorente, Gómez y Day.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La apelación devuelve al tribunal superior la plenitud de la jurisdicción y quedan sometidos implícitamente a su consideración las defensas y argumentos planteados oportunamente por el apelado -vencedor- que no fueron considerados por el a quo, y de los que no pudo apelar el interesado por haber resultado ganador en el litigio..."

"El análisis de la validez constitucional de una norma de jerarquía legal constituye la más delicada de las funciones susceptibles de encomendarse a un tribunal de justicia y es sólo practicable, en consecuencia, como razón ineludible del pronunciamiento que la causa requiere... la invalidez de una norma es siempre la última ratio de la interpretación..." (citas a Fallos).

"En efecto, aun considerando que la actora tuviera un título válido que la legitima para reivindicar, la acción igualmente no puede prosperar. En primer lugar, por cuanto de la prueba aportada surge que el demandado sólo se encontraría ocupando una porción del inmueble que se reivindica... la falta de legitimación sustancial pasiva respecto de esa porción de terreno luce manifiesta."

"En segundo lugar, sobre una porción de terreno que incluiría la superficie superpuesta, ha quedado suficientemente acreditado en la causa que el accionado ejerce una relación de poder con caracteres que -en el ámbito y con los alcances de la defensa de prescripción opuesta...- lucen suficientes para enervar la acción de reivindicación..."

"La pericia del agrimensor Enrique Bosch, quien determinó que entre el inmueble identificado bajo la matrícula 159.083 y plano de mensura N° 3736/11 ... y el terreno ocupado por el accionado se aprecia una superposición gráfica de aproximadamente 500 has. ... más adelante se indica que '...el puesto El Hurón se halla fuera de la posesión del demandado' (fs. 1065)."

¿Cómo votaron los jueces?

Los Dres. Pedro Jorge Llorente (voto que abre y expone fundamento), Julio Ramón Gómez y María Teresa Day adhieren; decisión por unanimidad en el bloque dispositivo final.

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