JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

ABALOS ALEJANDRO ELISEO C/ HOSPITAL CENTRAL DE MENDOZA P/ ACCIÓN PROCESAL ADMINISTRATIVA

El actor promovió acción procesal administrativa reclamando diferencias salariales por su reencasillamiento al régimen 27. La Sala Segunda de la Suprema Corte hizo lugar a la demanda y condenó al Hospital Central a liquidar y pagar las diferencias desde el 01/09/2015 hasta el 29/12/2017, por demora administrativa en el reconocimiento, con más intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-05074002-6
Intereses Costas Diferencias salariales Demora administrativa Reencasillamiento Accion procesal administrativa Ley 8798 Regimen 27 Retroactividad 01/09/2015-29/12/2017 Resolucion n? 3753/17

¿Quién es el actor?

Alejandro Eliseo Ábalos.

¿A quién se demanda?

Hospital Central de Mendoza (Gobierno/Administración pública provincial).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revoque del Decreto N° 1264/2019 y condena al pago de diferencias salariales por su incorporación al régimen salarial 27 (reencasillamiento) con retroactivos desde 15/06/2015 (reclamo administrativo originario) hasta 29/12/2017, con más intereses.

¿Qué se resolvió?

Hacer lugar a la acción procesal administrativa; condenar a la demandada a practicar liquidación y pagar las diferencias salariales generadas desde el 01/09/2015 y hasta el 29/12/2017 entre la clase que el actor revistaba en el régimen 15 y la que le correspondía en el régimen 27 (Clase 001), con intereses según lo explicitado en la sentencia; costas a la demandada; diferir regulación de honorarios; intervención de ATM y Caja Forense; remisión de actuaciones administrativas a origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Tal como ha sido trabado el litigio, corresponde examinar la legitimidad del obrar administrativo en cuanto rechazó la pretensión del actor de percibir las diferencias salariales retroactivas desde que reclamó su incorporación al régimen 27 (15/06/2015) y hasta que ello fue efectivizado (29/12/2017)."

"…el actor pretende el reconocimiento de las diferencias salariales derivadas del ajuste de su situación de revista, desde que lo reclamó y fueron acreditados sus requisitos legales de procedencia."

"Teniendo en cuenta las fechas señaladas, el reconocimiento retroactivo de las diferencias salariales del actor procede desde el 01/09/2015, momento a partir del cual la administración tuvo oportunidad de aplicar las disposiciones de la Ley 8798 sobre el punto en análisis."

"Por lo expuesto, los argumentos que opone la demandada no pueden ser acogidos, por cuanto convalidar la omisión de tratamiento, liquidación y pago de las diferencias salariales que se originaron entre el reclamo y el dictado del acto de reconocimiento, implicaría sesgar el contenido específico del derecho a estar correctamente encasillado…"

"A los efectos arriba mencionados la demandada deberá practicar liquidación de tales diferencias salariales, a las que deberá adicionar los intereses legales calculados desde que se generó cada diferencia mensual hasta el día de su efectivo pago, con aplicación de la tasa activa de acuerdo con lo expresado por este Tribunal en el Plenario 'Aguirre' (L.S. 401-215) hasta el día 29/10/2017; a partir del 30/10/2017, de la tasa para la línea de préstamos personales del Banco de la Nación Argentina, denominados 'Libre Destino' a 36 meses conforme a lo resuelto en el Plenario 'CITIBANK'…; y desde el 02/01/2018, de la tasa de interés moratorio equivalente a la evolución de la serie de la Unidad de Valor Adquisitivo (U.V.A.) prevista por Ley 9041 (arts. 1 y 4)."

¿Cómo votaron los jueces?

Voto mayoritario del Dr. Omar A. Palermo, con adhesión del Dr. Mario D. Adaro. Constancia de ausencia de firma del Dr. José V. Valerio por licencia.

Normas que cita

  • Ley 7759 (Provincia De Mendoza)
  • Ley 9003 (Provincia De Mendoza)arts. 150, 151, 158, 160
  • Ley 8798 (Provincia De Mendoza)
  • Decreto 772/15 (Provincia De Mendoza)
  • Ley 8857 (Provincia De Mendoza)
  • Ley 7799 (Provincia De Mendoza)
  • Ley 7897 (Provincia De Mendoza)
  • Ley 8379 (Provincia De Mendoza)
  • Ley 8706 (Provincia De Mendoza)art. 54
  • Ley 9041 (Provincia De Mendoza)arts. 1, 4
  • Resolución 3753/17 (Provincia De Mendoza)arts. 1, 3, 6
  • Resolución 209/15 (Provincia De Mendoza)
  • Resolución 1516/15 (Provincia De Mendoza)
  • Resolución 485art. 1
  • Decreto 1264/19 (Provincia De Mendoza)

Fallos que cita

  • "GÓMEZ, PATRICIA RUTH C/ PROVINCIA DE MENDOZA P/ APA"SCJA Sala II · 08/07/2021
  • "MARÓN FÁTIMA NOEMÍ C/ GOB. DE LA PROV. DE MENDOZA Y OTS. P/ APA"SCJ Mendoza · 04/10/2018
  • "ATSA" (Sala II)SCJ Mendoza · 03/07/2012
  • "DIMARCO"SCJ Mendoza Sala I · 21/04/2015
  • "Salvaneschi"SCJ Mendoza · 01/08/2016
  • Plenario "Aguirre"SCJ Mendoza (Plenario)
  • Plenario "CITIBANK"SCJ Mendoza (Plenario)

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.