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Tribunal Superior

F. C/ ROMERO, SERGIO CLAUDIO P/ TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL EN CONCURSO IDEAL CON TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE GUERRA S/ CASACION

La defensa interpuso recurso de casación contra la condena por tenencia ilegal de arma de fuego (uso civil y de guerra) y las reglas de conducta impuestas. La Suprema Corte de Mendoza hizo lugar parcialmente: confirmó la condena y la pena pero dejó sin efecto la regla de conducta que prohibía abusar de bebidas alcohólicas y estupefacientes en lugares públicos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-05349356-9
Casacion Dolo Arma de guerra Tenencia ilegal de arma Reglas de conducta Transporte interprovincial Licencia vencida Inhabilitacion. Art. 189 bis cp Excarcelacion/no (no hay) (he respetado las citas textuales y las referencias tal como aparecen en la sentencia No se ha inventado fecha ni numero de expediente para los precedentes mencionados.)

¿Quién es el actor?

Defensa de Sergio Claudio Romero (recurriente en casación).

¿A quién se demanda?

Tribunal Penal Colegiado Nº 1 de la Tercera Circunscripción Judicial / Ministerio Público Fiscal en cuanto sostuvo la acusación y la condena.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Anulación de la sentencia condenatoria por tenencia ilegal de arma de fuego (arts. 189 bis inc. 2 y 54 CP) y, subsidiariamente, reducción de pena; nulidad/omisión por imposición de reglas de conducta no pedidas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de casación: se dejó sin efecto la regla de conducta del apartado 2) del resolutivo n.º II de la sentencia recurrida (prohibición de abusar de bebidas alcohólicas y/o estupefacientes en lugares públicos). Se confirmó en todos sus demás extremos la sentencia de condena (pena de dos años y tres meses de prisión de ejecución condicional, inhabilitación especial para la tenencia de arma por 4 años y 6 meses y multa de $2.000). Se tuvo presente la reserva de caso federal y se remitió al tribunal de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes (texto original del tribunal):

"En efecto, el sentenciante acertadamente consideró que, la sola tenencia de armas de fuego sin la debida autorización legal pone en riesgo la seguridad común de la sociedad, siendo relevante, además, el hecho de transportarlas de una provincia a otra. Al respecto, se encuentra acreditado que, Sergio Romero transportó al menos un arma de guerra de la provincia de Mendoza hacia la provincia de San Luis y luego dos armas, una de guerra y otra de uso civil, desde la provincia de San Luis hacia la provincia de Mendoza, sin contar con la debida autorización legal para la tenencia de las mismas."

"Tal como a continuación desarrollaré considero que existen elementos de relevancia para asignarle razón al sentenciante en sus conclusiones respecto de la existencia material del hecho y de la intervención de Sergio Claudio Romero en él. Particularmente, las declaraciones testimoniales de personal de Gendarmería Nacional que intervinieron en el procedimiento, Mauricio Javier Romero (hermano del acusado) y demás testigos que declararon durante el debate. Por ello, estimo que los cuestionamientos defensivos representan argumentos y afirmaciones que sólo evidencian una mera discrepancia con la labor de valoración de la prueba por parte del juez de la instancia previa, la que no logra ser desvirtuada."

"En relación con la ausencia de contradictorio respecto de las reglas previstas por el art. 27 bis del CP, en la causa «Chacon Azeglio» señalé que '[e]l órgano jurisdiccional deberá imponérselas bajo el tipo y modalidad de cumplimiento que resulten adecuadas a los fines de prevención señalados, debiendo así fundarlo. Por lo tanto, tampoco resulta afectado el debido proceso, ni mucho menos el derecho de defensa ni el contradictorio'. ... En otro orden, considero que le asiste razón a la defensa en cuando al planteo vinculado con la regla de conducta impuesta referida a la abstención de uso de estupefacientes o abuso de bebidas alcohólicas. Esto por cuanto esa regla no se relaciona con las circunstancias del hecho, como así tampoco, existe ninguna prueba que indique que el acusado, al momento del hecho, se encontraba bajo los efectos del alcohol y/o estupefacientes."

¿Cómo votaron los jueces?

"Puesto a resolver el recurso de casación interpuesto por la defensa de Sergio Romero ... considero que corresponde hacer lugar al remedio casatorio y, en consecuencia, anular la sentencia de condena. ... Es relevante recordar que sobre estos extremos debe atribuirse el dolo para que se configure la faz subjetiva del tipo penal. ... En efecto, de las particularidades de las constancias de la causa se advierte que no se realizó actividad probatoria alguna a los fines de acreditar el conocimiento del elemento negativo del tipo penal atribuido en las presentes actuaciones. Considero que lo único que se pretendió y logró probar es que se encuentra altamente reglamentada la tenencia de armas de fuego y que Romero conocía la reglamentación pertinente. Sin embargo, no se realizó esfuerzo probatorio alguno respecto al conocimiento de que la licencia ... se encontraba vencida al momento en que regresaba de la provincia de San Luis con los objetos en cuestión en su vehículo."

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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