JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

ASOCIART ART S.A. EN J 28756 GUTIERREZ, ELIA DEL CARMEN Y OTS. C/ OMINT ART SA S/ INDEMNIZACION POR MUERTE P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL

La actora demandó por indemnización por muerte derivada de enfermedad profesional por exposición a herbicidas (glifosato). La Suprema Corte de Mendoza rechazó el recurso extraordinario de Asociart ART S.A., confirmando la valoración probatoria sobre la exposición laboral, el nexo causal y la procedencia del resarcimiento e intereses desde la primera manifestación invalidante.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-05102877-9/2
Nexo causal Prueba pericial Art Indemnizacion por muerte Enfermedad profesional Leucemia Intereses desde primera manifestacion invalidante Ley 24.557 Glifosato Dnu 1278/2000.

¿Quién es el actor?

Causahabientes de Enrique Alfredo Lucero — Elia del Carmen Gutiérrez, Enrique Elías Lucero, Alicia del Carmen Lucero y Margarita Clara Lucero.

¿A quién se demanda?

Asociart A.R.T. S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo; también interviene OMINT ART SA en la causa originaria).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por muerte derivada de enfermedad profesional/“enfermedad-accidente” atribuida a exposición laboral a herbicidas (entre ellos Roundup/glifosato).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso extraordinario provincial interpuesto por Asociart ART S.A. y se confirmaron la condena al pago de la indemnización por muerte, el cómputo de intereses desde la fecha de la primera manifestación invalidante (06/08/2015) y las costas a la recurrente. Se regularon honorarios y el destino de una suma depositada en garantía.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En esa inteligencia, comprobó que el trabajador mantuvo contacto físico directo, cotidiano y permanente con herbicidas tóxicos, durante casi 30 años de trabajo, que no contó con los elementos de protección y que no se efectuaron los controles médicos necesarios para prevenir el daño."

"Por todo, tuvo por probada la relación causal entre la dolencia –que derivó en muerte– y los herbicidas manipulados por el causante."

"La decisión en crisis se encuentra razonablemente fundada (arg. art. 3 del Código Civil y Comercial de la Nación), con suficiente sustento normativo y jurisprudencial, y con adecuado apego a las constancias del proceso, por lo que la crítica se presenta como una mera discrepancia valorativa de quien la esgrime, insuficiente para revertir el resultado del litigio, en el marco de un recurso extraordinario..."

"De ese modo, el juzgador estableció el carácter profesional de la dolencia... el juez laboral posee suficientes atribuciones para incorporar enfermedades no listadas si, como en el caso, se demostraran todos los extremos contemplados en el artículo 6, inciso 2, apartado 'b' de la Ley 24557 (texto según DNU 1278/2000)."

(No hubo votos en disidencia; los Dres. Palermo y Adaro adhieren en el sentido señalado.)

Normas que cita

  • Ley 24557arts. 15, 6, 47 · Ley de riesgos del trabajo
  • Ley 26773art. 2 · Riesgos del trabajo
  • DNU 1278/2000
  • Resolución 844/17 (Superintendencia de Riesgos del Trabajo)art. Anexo I
  • Resolución 213/96 (Laudo nº 156/96)
  • COD. CIV. Y COM. (Cód. Civil y Comercial)art. 3
  • Ley 9131 (Provincia De Mendoza)arts. 2, 3, 15, 16, 31
  • CPCCyT (Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza) (Provincial)arts. 36, inciso I; art. 47 ap. IV; art. 88 apart. III
  • Ley 26.994

Fallos que cita

  • Fallos 304:1826C.S.J.N.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.