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Tribunal Superior

PROVINCIA ART SA EN J. HEREDIA, JOSUE EZEQUIEL C/ PROVINCIA A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL

El actor demandó por accidente de trabajo solicitando indemnización por incapacidad permanente y definitiva. La Suprema Corte Provincial hizo lugar al recurso extraordinario provincial, anuló parcialmente la sentencia de grado por vulnerar el derecho de defensa en la valoración de prueba incorporada extemporáneamente y remite la causa al subrogante legal para nueva sentencia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-05102533-9
Accidente de trabajo Debido proceso Derecho de defensa Inconstitucionalidad Liquidacion Costas y honorarios. Ingreso base mensual (ibm) Recurso extraordinario provincial Ley 24.557 (lrt) Remision al subrogante

¿Quién es el actor?

Heredia, Josue Ezequiel.

¿A quién se demanda?

Provincia A.R.T. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por accidente de trabajo; cálculo de la indemnización por incapacidad parcial, permanente y definitiva (liquidación con base en ingreso base mensual).

¿Qué se resolvió?

La Sala Segunda hizo lugar al recurso extraordinario provincial, anuló parcialmente la sentencia de la Cámara de origen por vulneración del derecho de defensa respecto de la incorporación y uso de recibos de remuneraciones aportados extemporáneamente, ordenó remitir la causa al tribunal de origen para que la derive al subrogante legal a fin de que se dicte nueva sentencia teniendo en cuenta lo dispuesto, y regularon costas y honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción 1 (fundamentos del voto que consideró que la inconstitucionalidad quedó acreditada):

"De hecho constató que la aplicación de la norma de marras ocasionaba una disminución del 680% entre IBM de la fecha del accidente y el determinado a valores actuales. En ese entendimiento, comparó el IBM del actor a la época del accidente de $ 21.571 el que resultó ampliamente inferior al último salario acreditado correspondientes al periodo septiembre de 2022 de $ 147.472,34 cuya comparación arroja una diferencia notoriamente superior al 33%, resultando una indemnización de $ 3.853.078,11, por lo que resolvió declarar la inconstitucionalidad del art. 12 ap. 1 de la ley 24557. De este modo, evidenció el perjuicio concreto que la manda irrogaba al trabajador, el que superaba con creces el parámetro antedicho."

Transcripción 2 (voto en disidencia que invocó la violación del derecho de defensa y propuso revocar):

"El tribunal de grado desconoció el derecho de defensa del demandado cuando hizo lugar a la tacha de inconstitucionalidad del artículo 12 de la ley 24557 con apoyo en recibos de remuneraciones que fueron introducidos por el actor en la etapa de alegatos, sin dar vista a la contraria (v. fs. 219 y 220). Ese agravio, por sí mismo, reviste la entidad necesaria para revertir lo actuado porque, precisamente, desconoce las garantías del debido proceso (art. 18 CN)."

Transcripción 3 (bloque dispositvo final):

"Hacer lugar al recurso extraordinario provincial interpuesto contra la sentencia glosada a fs. 233 y ss. ... y en consecuencia remitir los presentes al Tribunal de origen para que tome conocimiento y reenvíe la misma al subrogante legal a fin de que se dicte la correspondiente sentencia, teniendo en cuenta lo expuesto en la primera cuestión.- Imponer las costas de esta instancia extraordinaria a la recurrente vencida..."

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Mario Daniel Adaro (en disidencia respecto del voto preopinante) propició la admisión parcial del recurso por haberse violado el derecho de defensa, y ofreció una solución sustitutiva (cuantificación alternativa de la indemnización) que fue acompañada por el Dr. José Virgilio Valerio, formando mayoría para admitir el recurso y ordenar el reenvío para nueva sentencia. El Dr. Omar A. Palermo presentó fundamento que, en lo esencial, rechazaba la queja por entender acreditada la inconstitucionalidad y por costas probatorias, pero el acuerdo final resolvió en los términos del bloque dispositvo.

Normas que cita

  • Ley 24.557arts. 12, 11 inc.4.b, 14 · Ley de riesgos del trabajo
  • Ley 26.773Riesgos del trabajo
  • Ley 27.348Riesgos del trabajo
  • DNU 699/2019
  • Ley 27.358 (?)
  • CPCCyT (Provincia)arts. 145, 150, 36
  • Ley 9131 (Provincia)arts. 2, 3, 15, 16, 31
  • Resolución 1/2016 (Provincia)

Fallos que cita

  • "Vizzoti"CSJN · Fallos 327:3677
  • "Atria Cáceres"CSJN · 28/03/2019
  • "Martín"CSJN · 28/03/2019
  • "González"CSJN · 19/02/2019
  • "Domínguez"CSJN · 03/05/2019
  • "Zamora"CSJN · 07/05/2019
  • "Peralta"CSJN · 06/05/2019
  • "Hernández"CSJN · 10/09/2019
  • "Conti"CSJN · 07/10/2019
  • "Batiz"CSJN · 07/10/2019
  • "Zapata Hamerszlak"CSJN · 18/12/2019
  • "Torres"SCJM Sala II · 16/12/2015
  • "Gachinat"SCJM Sala II · 28/12/2015
  • "Rivero"SCJM Sala II · 02/05/2017
  • "Pace"SCJM Sala II · 22/12/2020

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