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Tribunal Superior

F. C/ PAEZ CRUZATE, MARCELO ALEXIS P/ ROBO AGRAVADO S/ CASACION

La defensa de Marcelo Alexis Páez Cruzate interpuso recurso de casación contra la condena por robo agravado por uso de arma de fuego. La Suprema Corte de Justicia —Sala Segunda— rechazó el recurso y confirmó la sentencia n.º 1.774, considerando válidos el muestreo fotográfico, el reconocimiento en rueda y la motivación de la pena.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-06974883-4/1
Costas Casacion Confirmacion de sentencia Debido proceso Pena Robo agravado Prueba de cargo Reconocimiento en rueda Art. 166 cp Muestreo fotografico

¿Quién es el actor?

La defensa de Marcelo Alexis Páez Cruzate interpone recurso de casación.

¿A quién se demanda?

Se impugna la sentencia n.º 1.774 dictada por el Tribunal Penal Colegiado de la Segunda Circunscripción Judicial (causa P56.815/21).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se solicita la anulación de la sentencia condenatoria por robo agravado por uso de arma de fuego (art. 166 inc. 2, 2° párr. CP) y, subsidiariamente, la reducción o reconsideración de la pena; se alegan vicios procesales (nulidad del muestreo fotográfico/reconocimiento y vulneración del debido proceso) y falta de motivación concreta de la pena.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación y se confirmó en todas sus partes la sentencia n.º 1.774; se impusieron las costas a la parte vencida y se diferirá la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por el mérito que resulta del acuerdo precedente, la Sala Segunda de la Suprema Corte de Justicia, RESUELVE: 1.- Rechazar el recurso formulado en autos por la defensa de Marcelo Alexis Páez Cruzate y, en consecuencia, confirmar la sentencia n° 1.774 y sus fundamentos." (bloque dispositvo final).

"Entiendo que resulta acertado en todos sus términos el razonamiento jurisdiccional que sustenta la validez del fallo condenatorio, por lo que ninguno de los agravios propuestos por el recurrente se verifica en el caso." (Fundamentos, voto del Dr. José V. Valerio).

"En cuanto tiene que ver con la legalidad y validez del muestreo fotográfico, debe señalarse que la compulsa de las constancias de la causa acredita que en la misma resolución –decreto de fecha 9 de junio de 2.021– que la ordena, el representante del Ministerio Público Fiscal interviniente dispuso expresamente la previa notificación a la defensa. Diligencia cuyo cumplimiento se verifica en autos..." (Fundamentos, voto del Dr. José V. Valerio).

"Por su parte, debe señalarse que el monto de la sanción se encuentra dentro de la escala aplicable ... Páez Cruzate fue condenado a la pena de siete años de prisión ... la sanción impuesta supera sólo por dos meses el mínimo legal." (Fundamentos, voto del Dr. José V. Valerio).

¿Cómo votaron los jueces?

El voto que integra la mayoría es el del Dr. José V. Valerio, con adhesión del Dr. Mario D. Adaro; se deja constancia que el Dr. Omar A. Palermo no suscribe por licencia.

Fallos que cita

  • Garro Anzorena

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