PLAN OVALO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS EN J° 13-05405305-8 MAYA ROBERTO ALI C/ PLAN OVALO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS P/ PROCESO DE CONSUMO P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL
El actor demandó por revisión de contrato de plan de ahorro previo y nulidad de cláusula por excesiva onerosidad sobreviniente. La Suprema Corte admitió el recurso extraordinario de la administradora, revocó la Cámara y rechazó la demanda por entender que la readecuación no debía resolverse fuera del mecanismo regulatorio previsto por la IGJ y el interés colectivo del sistema.
¿Quién es el actor?
Roberto Alí Maya.
¿A quién se demanda?
Plan Óvalo S.A. de Ahorro para Fines Determinados.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión del contrato de adhesión de plan de ahorro (84 cuotas), declaración de nulidad de la cláusula 4° relativa al valor móvil y la alícuota, retrotraer el valor móvil y las cuotas a abril de 2018 y reajustarlas por Índice de Variación Salarial (IVS), reintegro de lo abonado en exceso y daño punitivo.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar al recurso extraordinario provincial interpuesto por Plan Óvalo S.A.; se revoca la resolución de Cámara y se modifica la sentencia apelada para rechazar la demanda del actor; se imposición de costas a las partes en el orden causado y se regulan honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Anticipo que a la luz de las consideraciones expuestas, admitiré el recurso interpuesto por la Administradora. Ello por cuanto la cuestión aquí debatida guarda similitudes con lo resuelto por esta Sala en fecha reciente, en el marco de un proceso en donde se discutía la readecuación contractual de un mutuo hipotecario indexado periódicamente en virtud de Unidad de Valor Adquisitivo (“Azulay”, autos N° 13-05346803-3 (012052-267396, sentencia del 19/10/2.023)."
"Comparto en la materia la jurisprudencia que prioriza el interés general que se persigue en el sistema antes que el interés individual del suscriptor que demanda el reajuste de su contrato, pues la autoridad de contralor ya ha evaluado las aristas de la problemática y ha dictado reglamentaciones que prevén una solución que contemple los intereses de todos los involucrados en el sistema."
"Es por ello que considero que en el caso, no es a través de la teoría de la imprevisión que debe arribarse a una solución fundada en el esfuerzo compartido, sino a través de los mecanismos que la autoridad de contralor ha previsto, en tanto los mismos, como ya expuse, contemplan todas las aristas que presenta la complejidad del sistema de ahorro previo para fines determinados por grupos cerrados."
¿Cómo votaron los jueces?
"I.- Hacer lugar al Recurso Extraordinario Provincial interpuesto por Plan Óvalo S.A. y en consecuencia, revocar la resolución dictada por la Excma. Segunda Cámara de Apelaciones... 'I. Rechazar la demanda instada por el Sr. Roberto Alí Maya contra Plan Óvalo S.A. de Ahorro para Fines Determinados.'"
¿Cómo votaron los jueces?
No hay voto en disidencia firmado; el Dr. Pedro Jorge Llorente no suscribió por licencia.
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Normas que cita
- C.P.C.C.T.M. (Provincial (mendoza))arts. 140, 141, 147, 160, 175, 204, 97, 35, 36
- Ley 24.240art. 53 · Defensa del consumidor
- Ley 27.541art. 60 · Emergencia publica
- Ley 11.672Permanente de presupuesto
- Decreto 142277
- 12/2015 (Nacional (igj))art. 12
- 14/2020 (Nacional (igj))
- 38/2020 (Nacional (igj))
- 5/2023 (Nacional (igj))
- Ley 19.550art. 299 inc.4 · Sociedades comerciales
- Ley 22.315Inspeccion general de justicia
- Ley 9001 (Provincial (mendoza))
Fallos que cita
- "Azulay" (mencionado)Suprema Corte de Justicia, Sala Primera (Mendoza) · 19/10/2023
- CSJN, FallosCSJN · Fallos 304:919
- CSJN, FallosCSJN · Fallos 311:213
- "Pratici" (autos n° 13-04295522-6/1)Suprema Corte de Justicia (Mendoza) · 30/04/2020
- "Binaria" (autos n° 13-04574379-3/1)Suprema Corte de Justicia (Mendoza) · 27/09/2021
- CNCom, "Coulon Nicolás Federico Eduardo c/ Volkswagen SA..."Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial · 29/06/2020
- Cámara Comercial E, "GODOY, HORACIO..."Cámara Comercial (Mendoza citada) · 27/08/2020
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