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Tribunal Superior

F. C/ C. S. J. M. P/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL EN UN N INDET. DE HECHOS EN CR, EN CI CON CORRUPCION DE MENORES AGRAVADO P/ RECURSO EXT.DE CASACION

La defensa de J. M. C. S. interpuso recurso de casación contra la condena por abuso sexual con acceso carnal y promoción a la corrupción de menores agravado, solicitando la reducción de la pena. La Suprema Corte de Mendoza rechazó el recurso y confirmó la sentencia que condenó al imputado a dieciocho años de prisión, por estar debidamente motivada la individualización de la pena.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-07196069-7/1
Casacion Relacion de confianza Individualizacion de la pena Abuso sexual con acceso carnal Motivacion judicial Reserva de caso federal. Victimas menores Art. 40 y 41 cp Corrupcion de menores agravado Prision (18 anos) (el bloque recoge las normas y fallos citados o mencionados en la sentencia Donde el fallo no aporta numero o fecha completa se consigno - en los campos correspondientes.)

¿Quién es el actor?

La defensa de J. M. C. S. (recurrente por casación).

¿A quién se demanda?

Tribunal de origen / Ministerio Público Fiscal (impugnación de la sentencia condenatoria).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se solicita casación de la sentencia nº 2.540 del Tribunal Penal Colegiado Nº 1 (P-49.517/20) que condenó a J. M. C. S. a 18 años de prisión e inhabilitación absoluta por abuso sexual con acceso carnal (cinco hechos en concurso real) en concurso ideal con promoción a la corrupción de menores agravado; se pide reducir la pena a diez años por supuestas atenuantes no consideradas (falta de antecedentes, grado de instrucción, edad, ausencia de peligrosidad, buen comportamiento procesal).

¿Qué se resolvió?

Rechazar el recurso de casación y confirmar en todo la sentencia impugnada; imponer costas a la vencida y diferir regulación de honorarios; tener presente la reserva del caso federal y remitir los obrados al tribunal de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos más relevantes (texto original del fallo):

"De la reseña realizada en los puntos anteriores surge que la defensa no cuestiona los hechos acreditados por el juez de la instancia anterior, ni la valoración probatoria por la que se alcanzó aquella conclusión, ni tampoco la calificación jurídica, sino que únicamente cuestiona la determinación de la pena efectuada." (fundamentos, p. ?).

"En lo que aquí atañe, el análisis de la sentencia impugnada revela que el juez fundamentó minuciosamente la pena impuesta. En efecto, tras anticipar la pena concreta impuesta, explicó los extremos que dan basamento legal a la tarea de determinación de la pena: la escala penal aplicable al caso concreto y las condiciones que examinaría para determinar un monto dentro de esa escala –esto es, las circunstancias objetivas y subjetivas del hecho−." (fundamentos, p. 21).

"Tras realizar este marco normativo, explicó que en este caso los hechos sucedieron en el ámbito de una relación de confianza que el acusado generó a través del tiempo con las víctimas y sus familias, y que luego aprovechó para cometer los hechos probados. También mencionó la especial protección de la que gozan las víctimas de estos hechos, por ser niños y niñas…" (fundamentos, p. 22).

"Por todo lo expuesto, considero que corresponde responder de manera negativa a la primera cuestión planteada. ASÍ VOTO." (bloque decisorio y voto mayoritario).

¿Cómo votaron los jueces?

voto preopinante del Dr. Omar A. Palermo (detallado y motivado), adhesión del Dr. Mario D. Adaro, y conformidad del Dr. José V. Valerio; acuerdo unánime en el resultado (rechazo del recurso).

Normas que cita

  • Ley 26.485Ley de proteccion integral a las mujeres
  • Convención sobre los Derechos del Niño
  • Tratado Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer

Fallos que cita

  • "Brizuela, Juan Carlos"Sala Segunda · 30/09/2009
  • "Zapata Ojeda"
  • "Luna Cisterna"
  • "Lobos Gras"
  • "Ibáñez Benavídez" (plenario citado)

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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