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Tribunal Superior

F. C/ R. M. J. A. P/ ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE AGRAVADO POR LA CALIDAD DE GUARDADOR DEL AUTOR EN CONCURSO REAL CON AMENAZAS COACTIVAS AGRAVADAS POR EL USO DE ARMA (67.160) S/REC. EXT. DE CASACION

El Ministerio Público/querellante sustuvo la acusación por abuso sexual gravemente ultrajante (cuatro hechos en concurso real) y amenazas coactivas agravadas por el uso de arma contra J. A. R. M. La Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó el recurso de casación de la defensa y confirmó la validez de la valoración probatoria y la motivación de la sentencia de origen, con fundamento en estándares convencionales y de debida diligencia reforzada en casos de violencia sexual contra niñas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-07320279-9/1
Abuso sexual infantil Valoracion probatoria Camara gesell Debida diligencia reforzada Casacion penal Amenazas agravadas Guardador No revictimizacion F | caratula | tribunal | fecha | expediente | fallos | relacion | | cita --fin-citas--- Edeaas Convencion americana / corte idh 1 | v.r.p. V.p.c. y otros vs. nicaragua | corte idh | 2018-03-08 | 2 | caso del penal miguel castro castro vs. peru | corte idh | 2006-11-25 | 3 | favela nova brasilia vs. brasil | corte idh | 2017-02-16 | 4 | espinoza gonzalez vs. peru | corte idh | 2014-11-20 | 5 | vargas riquelme | 6 | aguero olmos | 7 | yerkin | 8 | brizuela | 9 | ojeda perez | 10 | mamani navarro | 11 | mejia salvador | 12 | calderon polo | 13 | castillo ordonez | 14 | sosa ortubia | 15 | lucero lorca | 16 | vega | 17 | zurita | 18 | vedia carmona | (se consignan las normas y jurisprudencia mencionadas en la sentencia. donde el fallo cita casos o precedentes sin datos completos Se reprodujo la caratula tal como aparece en el texto y se indico la relacion cita.)

¿Quién es el actor?

Querella/parte actora (F. — víctima representada en la causa).

¿A quién se demanda?

J. A. R. M.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de casación interpuesto por la defensa contra la sentencia del Tribunal Penal Colegiado N°1 que condenó a J. A. R. M. a 14 años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante (cuatro hechos en concurso real) en concurso real con amenazas coactivas agravadas por el uso de arma.

¿Qué se resolvió?

Rechazo del recurso de casación y remisión de los autos al tribunal de origen, con tenencia de reserva del caso federal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos más relevantes (texto original):

"Por el mérito que resulta del acuerdo precedente, la Suprema Corte de Justicia RESUELVE: 1.- Rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa oficial de J. A. R. M.. 2.- Tener presente la reserva del caso federal efectuada. 3.- Remitir los presentes obrados al Tribunal de origen, a sus efectos. Regístrese. Notifíquese."

"Puesto a resolver el recurso de casación presentado por la defensa técnica de R. M., anticipo opinión que no puede admitirse sustancialmente. Ello, en razón de que la sentencia cuestionada contiene motivación suficiente que la valida como acto jurisdiccional. Paso a exponer las argumentaciones en que apoyo mi decisión."

"De modo entonces que el análisis de las argumentaciones defensivas se canalizarán a fin de resolver si la sentencia en crisis, al juzgar los hechos contenidos en la acusación, cumplió o no con el deber de debida diligencia reforzada y medidas integrales de protección especial en procesos penales por violencia sexual en perjuicio de la niña M.A.C. y el deber de no revictimización institucional (cfr. Corte IDH. «Caso V.R.P., V.P.V. y otros vs. Nicaragua». Sentencia de 8 de marzo de 2018 (Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas), párrafos 139 y 153). Ello, con el resguardo del principio de inocencia en juicio del acusado y sin perder de vista que el hecho aconteció en un contexto familiar y en una relación asimétrica y desigual de poder etaria y de género, como se expuso en la sentencia impugnada (ver, en el mismo sentido, mi voto en «Yerkin»)."

(No hubo votos en disidencia consignados; constancia de que un ministro no suscribió por licencia.)

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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