F. Y QUER. C/ CHENA ALTAMIRANO CARLOS ALBERTO P/ ESTAFA PROCESAL EN CONCURSO IDEAL CON USO DE DOCUMENTO PRIVADO FALSO P/ RECURSO EXT. DE CASACION
La defensa impugnó la condena por estafa procesal en grado de tentativa y uso de documento privado falso. La Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó el recurso de casación y confirmó la sentencia condenatoria en todos sus términos, por considerarla fundada en la prueba (testimonios, pericia caligráfica y compulsa del expediente).
¿Quién es el actor?
Ministerio Público (Fiscalía) y la parte querellante (Josefina Esther González), según la carátula "F. y Quer.".
¿A quién se demanda?
Carlos Alberto Chena Altamirano (abogado, matrícula 2946).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Responsabilidad penal por estafa procesal en grado de tentativa en concurso ideal con uso de documento privado falso; se atacó la sentencia condenatoria n.º 2697.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa y se confirmó la sentencia n.º 2697 que condenó al imputado a tres años de prisión en suspenso y a la inhabilitación especial para el ejercicio de la abogacía por tres años. Se impusieron las costas a la parte vencida y se diferirá la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de los párrafos más relevantes (textos tomados literalmente del fallo):
"La maniobra defraudatoria consistió en contestar una demanda de divorcio de manera que se obviasen los elementos que daban cuenta del dinero aportado por Josefina González al hogar con el producido de su trabajo en la Dirección General de Escuelas. Dinero con el que se construyó la vivienda común, se la amobló y se cambió el taxi que conducía su ex marido en dos oportunidades. Esta maniobra hizo caer en error al juez de familia que dictó una sentencia en la que el monto de dinero con el que se indemnizaba a la víctima era menor al que le correspondía con base en sus aportes a la sociedad conyugal que se estaba liquidando. De este modo, aquí se identifica el error, provocado por el acusado, que en el marco de un proceso penal impidió que ingresara al patrimonio de una de las partes un monto que tenía derecho a percibir."
"La pericia caligráfica realizada a la firma inserta en la contestación de la demanda y adjudicada a Josefina González era falsa. La Lic. Patricia Mattei dictaminó en este sentido y su conclusión fue que el material cuestionado era producto de falsificaciones por imitación de la aclaración de firma de Josefina Esther González y que no pertenecía a su puño y letra. Los resultados del informe fueron ratificados en el debate."
Citas textuales relevantes:
"cuando recibió el traslado de la demanda de divorcio, la Sra. González decidió reclamar lo que le correspondía, pero fue víctima de otro tipo de violencia por parte del imputado Carlos Alberto Chena, quien le cobró los honorarios, le retuvo la documentación que acreditaba sus aportes a los bienes de la sociedad conyugal, no presentó esa prueba en el juicio de divorcio, contestó la demanda con un escrito en el que se había falsificado la firma de la Sra. Josefina Esther González, no le informó el contenido de la sentencia de divorcio..."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Omar A. Palermo votó con los fundamentos precedentes; los Dres. José V. Valerio y Mario D. Adaro adhieren al voto. El bloque dispositivo final confirma el rechazo del recurso y la confirmación de la sentencia.
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