GATICA RODRIGUEZ MARCELO PASCUAL C/ GOBIERNO DE LA PROV. MZA. S/A.P.A.
El actor promovió acción procesal administrativa para que se anulen actos administrativos y se reconozcan ascensos policiales retroactivos y diferencias salariales por haber sido absuelto en sede penal y sumarial. La Sala con Competencia Originaria rechazó la demanda porque la inhibición para ascender por hallarse imputado y con sumario vigente al momento de las promociones se ajustó al artículo 185 inciso 6 de la Ley 6.722 y no genera derecho automático a ascenso retroactivo.
¿Quién es el actor?
Marcelo Pascual Gatica Rodríguez.
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Provincia de Mendoza (Ministerio de Seguridad y Gobernador, por actos administrativos/jerárquicos).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad de la Resolución 2483-S (07/08/2020) que rechazó reconsideración, nulidad del Decreto 2137/22 (16/11/2022) que rechazó recurso jerárquico, reconocimiento retroactivo de ascensos a Comisario P.P. (diciembre 2014), Comisario Inspector (en los ascensos previos al 28/4/2016 o a partir de mayo 2020), y eventualmente Comisario General P.P.; liquidación de diferencias salariales corres- pondientes con intereses.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda, se impusieron costas a la actora y se regularon honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“Entonces, en estos autos, resulta improcedente la pretensión del Sr. GATICA RODRIGUEZ de que, por haber sido sobreseído en materia penal y en el sumario administrativo, se condene a la demandada a que lo ascienda al grado al que aspiraba al momento de ser inhibido para ascender por encontrarse sometido a sumario administrativo e imputado penalmente.”
“Su agravio sobre que al momento de elaborarse la lista de aspirantes ocupaba un lugar de mérito que le hubiera permitido acceder a la promoción atento al número de cargos disponibles no es atendible ya que tal situación no constituye un derecho al ascenso. (…) que la promoción es un acto discrecional (‘Escudero’, entre otros); que ‘no existe un derecho subjetivo al ascenso’; remarcó el ‘carácter de derecho condicionado’ de tal derecho y que ‘la posibilidad de ascenso no significa la existencia de un derecho subjetivo a la obtención del mismo’.”
“La actora reconoce expresamente que se encontraba impedida para ascender mientras se tramitaba el sumario administrativo y resultaba imputada en el proceso penal; no cuestionó la inhibición preventiva dispuesta en consecuencia, la admite como acto administrativo válido consentido en sede administrativa y expresando al demandar que lo tiene por legítimo (…) por tanto, no le asiste derecho a la actora a ser reparada mediante el reconocimiento de ascensos de los que se vió privada mientras era sometida a los procesos referidos, esta fue dispuesta por un acto administrativo regular, consentido por la actora y ratificado como tal al demandar; por ello, la decisión administrativa que rechazó reclamo de reconocimiento de ascensos retroactivos a la accionante se encuentra fundada, no se advierte que presente vicios y no se advierte desviación de poder.”
¿Cómo votaron los jueces?
Voto del Dr. José V. Valerio (fundamentado) y adhesión del Dr. Dalmiró F. Garay Cueli y de la Dra. María Teresa Day (mayoría unánime). No hay disidencias.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.