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Tribunal Superior

FERNANDEZ JUAN EMANUEL EN J 162106 FERNANDEZ JUAN EMANUEL C/ PROVINCIA ART SA P/ ACCIDENTE P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL

El actor reclamó prestaciones dinerarias por incapacidad laboral (14%) derivada de lumbociatalgia y hernia discal por supuesta enfermedad profesional y accidente. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario provincial por considerar que la decisión de mérito valoró racionalmente el plexo probatorio y no existe arbitrariedad ni omisión de pronunciamiento que justifique la revisión.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-05756478-9/1
Incapacidad laboral Nexo causal Valoracion de la prueba Accidente laboral Costas y honorarios Enfermedad profesional Onus probandi Provincia art Lumbociatalgia Recurso extraordinario provincial

¿Quién es el actor?

Juan Emanuel Fernández.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestaciones dinerarias por incapacidad laboral permanente (monto reclamado $3.493.159,42) por dolencias en columna —lumbociatalgia y hernia discal— alegadas como enfermedad profesional y, subsidiariamente, accidente laboral (episodio 19/08/20).

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario provincial interpuesto por el actor; confirma en efecto la solución de la instancia previa que rechazó la demanda por falta de acreditación del nexo causal entre las patologías y la actividad laboral. Se impusieron las costas al recurrente y se regularon honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes (texto original del fallo):

"La Sentencia del a quo rechazó la demanda interpuesta por el Sr. Juan Manuel Fernandez contra Provincia ART SA por la suma de $ 3.493.159,42 en concepto de prestaciones dinerarias por el 14% de incapacidad laboral permanente reclamada como consecuencia de su actividad laboral."

"La formulación de las quejas así interpuestas, no distan de ser una discrepancia o disenso con los criterios de apreciación de la prueba que realizó el Tribunal de mérito, sin aportar elementos que permitan una interpretación diferente de los hechos y constancias de la causa. De hecho no logra demostrar arbitrariedad en el análisis y conclusiones del aquo acerca de la falta de acreditación de la relación de causalidad entre el trabajo y sus patologías de columna."

"De las constancias relevadas surge con claridad que el reclamo planteado en autos refiere a una enfermedad profesional como consecuencia de las tareas que el actor desarrolló para su empleadora. Esto convierte en acertado el análisis del Tribunal de mérito, ya que se enfocó en dilucidar si las tareas que se describieron en la demanda actuaron como un factor de riesgo para lesionar la columna del actor."

"En este contexto probatorio el aquo concluyó que no se acreditó el nexo causal entre la patología columnaria del actor y las tareas que desarrolló el actor."

¿Cómo votaron los jueces?

"Corresponde hacer lugar al recurso extraordinario provincial interpuesto por Juan Manuel Fernández y en consecuencia la sentencia debe ser revocada en todas sus partes por no sostenerse como acto jurisdiccional válido, debiendo remitirse al subrogante legal a los fines de que dicte un nuevo fallo con arreglo a lo expuesto en el presente análisis."

(Se consignan además diversos considerandos sobre la valoración de la pericia, la inexistencia de impugnación por la demandada de las tareas descriptas y referencias a la protección de personas en situación de vulnerabilidad y discapacidad.)

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