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Tribunal Superior

OSPELSYM EN J 162700 CASTRO FACUNDO EXEQUIEL C/ OSPELSYM P/ DESPIDO P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL

El demandante cuestionó su despido invocando pérdida de confianza por injuria laboral y se discutió la existencia de hechos objetivos que la fundamentaran. La Cámara rechazó el recurso por falta de prueba de hechos injuriantes suficientes, sosteniendo que la mera afirmación subjetiva del empleador no alcanza para justificar la causal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-06701332-2/1
Prueba Apelacion Derecho de defensa Proporcionalidad Despido Injuria laboral Perdida de confianza Contemporaneidad Principio protector Invariabilidad de la causa

¿Quién es el actor?

Trabajador despedido (actor que impugna el despido).

¿A quién se demanda?

Empleador que invocó pérdida de confianza como causal de despido.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación del despido fundado en pérdida de confianza por supuestas injurias laborales; se cuestiona la validez de la causal por falta de hechos probatorios.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación del actor y se confirmó la decisión recurrida al constatarse falta de prueba sobre los hechos injuriantes necesarios para justificar la pérdida de confianza.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La pérdida de confianza debe basarse en hechos (injurias) imputables al trabajador, no basta con alegar imposibilidad de continuar con el vínculo por afectación de la confianza, dicho elemento subjetivo debe fundarse en hechos objetivos. Los hechos injuriantes deben reunir los requisitos de gravedad, proporcionalidad y contemporaneidad, y deben ser fehacientemente probados por el empleador, no bastando sus meras conjeturas."

"Considerando principio infranqueable de invariabilidad de la causal de despido, que haya su fundamento en el principio protectorio propio de nuestra materia y en la protección del derecho de defensa, es que la causal de despido justificado por pérdida de confianza no puede basarse sólo en el elemento subjetivo, sino que sobre la base de uno o varios hechos concretos y objetivos, se sienta esa apreciación subjetiva del empleador cuando el trabajador ya no es confiable, mediante la reiteración de conductas similares."

(No se consignan votos en disidencia en el extracto suministrado.)

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