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Tribunal Superior

F. C/ VILCHES OVIEDO, JUAN PABLO TOMAS P/ ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA EN GRADO DE TENTATIVA S/ CASACION

La defensa apeló en casación la condena por robo agravado por el empleo de arma en grado de tentativa y la reducción de la escala penal por tentativa. La Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó el recurso al considerar adecuada la calificación por empleo de arma (incluyendo armas impropias como cuchillos) y válida la aplicación del criterio plenario sobre la reducción de la escala penal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-07350702-7/1
Costas Casacion Principio de legalidad Robo agravado Arma impropia Tentativa Empleo de arma Precedentes plenarios Reduccion de escala penal Pena 3 anos 4 meses

¿Quién es el actor?

Defensa de Juan Pablo Tomás Vilches Oviedo (recurrente en casación).

¿A quién se demanda?

Estado procesal representado por la sentencia del Juzgado Penal Colegiado Nº 2 (causa P-112.320/22) que lo condenó.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación en casación de la condena por robo agravado por el empleo de arma en grado de tentativa (art. 166 inc. 2 primer párrafo y 42 CP), y cuestionamiento de la fórmula de reducción de la escala penal aplicable a la tentativa (plenario "Carpintero Sbarbat"). Reserva del caso federal.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación; se impusieron las costas a la vencida y se diferió la regulación de honorarios. Se tuvo presente la reserva federal y se remitieron los autos al tribunal de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos y citas textuales relevantes (lenguaje original del tribunal):

"[e]l día 25 de octubre de 2022, siendo aproximadamente las 19.30 hs., Juan Pablo Tomás Vilches junto a un sujeto NN Ulises, interceptó a Leonardo Torres ... le exhibió un cuchillo ... con intenciones de sustraerle un teléfono celular, no logrando su cometido ... el sindicado fue aprehendido por vecinos del lugar a unos 100 metros del lugar del hecho" −conf. audiencia del día 22 de mayo de 2023, min. 03:38 a 04:42−.

"La defensa funda su impugnación en el primer inciso del art 474 del CPP, por considerar que existió en el caso una errónea aplicación de la ley sustantiva. Plantea, en este sentido, dos agravios. El primero ... impugnar la calificación del robo ... como «robo con arma» ... El segundo agravio se vincula con la reducción de la escala penal para la tentativa ... aplicada la fórmula de reducción ... del plenario «Carpintero Sbarbat» ..."

"El Procurador General ... considera que la impugnación resulta formalmente procedente, aunque debe ser rechazada en el fondo. ... el cuchillo utilizado ... fue hallado y secuestrado ... su uso tuvo por finalidad incrementar su capacidad vulnerante para amedrentar a la víctima ... Cita doctrina ..."

"El término armas no sólo comprende a las armas propias sino también a las impropias, en tanto su utilización le permitirá al sujeto activo realizar una efectiva acción violenta o intimidatoria para doblegar o evitar la resistencia de la víctima ... Se valora entonces, no sólo el poder vulnerante del arma sino también la mayor intimidación que ella genera en el sujeto pasivo" (“Fuentes Franco”, L.S. 328-061)".

"[…] un arma impropia es aquel «[…] instrumento que sin ser diseñado como para lesionar o matar, [cuenta] con un poder alto poder ofensivo para causar el mismo resultado»."

"En definitiva, el principio de legalidad ... no tiene virtualidad alguna para limitar del concepto de «arma» que agrava el robo cuando se emplea un cuchillo, en tanto éste, a pesar de no ser diseñado para ser empleado en el ataque a otras personas, no deja de tratarse de un elemento que puede ser utilizado como arma."

"Los precedentes de la Suprema Corte de Justicia sólo son vinculantes −obligatorios− para los jueces que los dictan, y para todos los jueces de la Suprema Corte que contribuyeron a su dictado en el caso de fallos plenarios ... Sin embargo, pueden apartarse cuando se argumente fundadamente ..."

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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