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Tribunal Superior

RUIZ JORGE EMILIO C/ DIRECCION GRAL DE ESCUELAS (DGE) P/ ACCIÓN PROCESAL ADMINISTRATIVA

El actor promovió Acción Procesal Administrativa solicitando la nulidad de la Resolución 2022-7573-E-GDEMZA-DGE y su reincorporación como celador titular, con pago de salarios caídos. La Sala Segunda rechazó la acción por mayoría, considerando que la baja se ajusta al art. 13 de la Constitución Provincial (prohibición de acumulación de empleos públicos rentados) y no advierte vicio ni violación del debido proceso.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-07001529-8
Costas Incompatibilidad Declaracion de nulidad Celador Accion procesal administrativa Estabilidad administrativa Baja de cargo Decreto-ley 560/73 Art. 13 constitucion provincial Ley 6929/01. (notas sobre el bloque de citas: se consignaron las normas y precedentes expresamente referidos en la sentencia. donde el fallo no precisa ano o referencia completa Se dejo - en los campos no provistos en el texto.)

¿Quién es el actor?

Sr. Jorge Emilio Ruiz.

¿A quién se demanda?

Dirección General de Escuelas (DGE) de la Provincia de Mendoza.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de la Resolución 2022-7573-E-GDEMZA-DGE (22/09/2022) que dio de baja al actor en el cargo de Celador Titular por incompatibilidad; reincorporación al puesto; pago de salarios caídos; subsidiariamente indemnización o daños y perjuicios. Imposición en costas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda en todas sus partes; se impusieron las costas al actor; se difirió la regulación de honorarios; y se oficiará a la Caja Forense y a la Administración Tributaria Mendoza.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En función de tal finalidad y conforme al texto de la norma en estudio, al igual que se hizo en los citados precedentes, podemos extraer una primera regla consistente en que nadie puede acumular dos o más cargos en la Administración pública, salvo las excepciones que allí se mencionan, en que el legislador debe determinar específicamente cuándo se produce la incompatibilidad."

"Advirtiendo que el actor Sr. Jorge Ruiz poseía dos cargos rentados, uno en el ámbito municipal (Municipio de San Rafael) como Jefe División. Rendición – G., con prestación de servicios en la Dirección de Finanzas y otro como Celador Titular del Instituto de Educación Superior N° 9-003..., puede concluirse, en primer lugar, que su situación no se encuentra dentro de aquellas previstas en la norma constitucional que remite a lo que pueda disponerse por vía legislativa en materia de incompatibilidad..."

"En conclusión, del examen de la prueba incorporada a la causa frente al plexo normativo citado se infiere que el accionante fue privado de su empleo en la Dirección General de Escuelas por causa justificada y que la estabilidad la perdió por aplicación de la manda constitucional."

¿Cómo votaron los jueces?

Voto mayoritario (Dr. José V. Valerio) con adhesión de los Dres. Omar A. Palermo y Mario D. Adaro. Disidencia parcial sobre costas: Dr. Omar A. Palermo (adherido por Dr. Mario D. Adaro) votó por imponer las costas por el orden causado —esto ya aparece como disidencia sobre la cuantía de la regulación de costas/beneficio de pobreza—; sin embargo, el dispositivo impone costas a la actora (coincidente con la mayoría en la imposición, aunque Palermo proponía imponer por el orden causado teniendo en cuenta la posibilidad de beneficio).

Fallos que cita

  • NegriSCJM (LS 475-223)
  • Aguilar CamachoSCJM (LS 585-217)
  • PolsmanSCJM (L.S. 162-079)

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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