TRIUNFO COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA EN J° 13-05420241-9 (010304-56128) SARMIENTO CATRIEL RUBEN C/ GARCIA DANIEL Y TRIUNFO COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA P/ DAÑOS DERIVADOS DE ACCIDENTES DE TRANSITO P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL
Triunfo Cooperativa de Seguros interpuso recurso extraordinario provincial impugnando la revocación por la Cámara de la sentencia que rechazó la demanda por daños derivados de un accidente de tránsito. La Suprema Corte hizo lugar al recurso, revocó la sentencia de la Cámara y confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, por valoración adecuada de la prueba sobre la mecánica del siniestro.
¿Quién es el actor?
Sarmiento Catriel Rubén (actor en autos originales).
¿A quién se demanda?
García Daniel (conductor) y Triunfo Cooperativa de Seguros Ltda. (citada en garantía; ahora recurrente extraordinario).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 21/08/2020; pedido indemnizatorio por gastos médicos, daño moral e incapacidad sobreviniente (total inicialmente $4.134.000 más intereses y costas).
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar al recurso extraordinario provincial interpuesto por la aseguradora Triunfo; se revoca la sentencia de la Cámara que había hecho lugar a la demanda y se confirma la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda. Se imponen costas a la recurrida y se regulan honorarios conforme al decisorio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de párrafos relevantes y citas textuales (texto original del tribunal):
"El razonamiento que exhibe el pronunciamiento atacado no se compadece con las constancias objetivas de la causa, y asiste razón a la recurrente al señalar que omite valorar que el vehículo del demandado se encontraba estacionado cuando fue impactado por la moto, ya que del análisis de las pruebas de la causa surge que el vehículo estaba detenido."
"El perito ingeniero mecánico estableció que la velocidad del automóvil al momento del impacto era cero, ... la testigo Merga al declarar, explica 'cuando la camioneta estaciona yo cruzo enfrente porque justamente iba a la panadería que está enfrente y ahí sentimos el impacto del muchachito...', lo que pone de manifiesto que García ya había terminado la maniobra de giro."
"No advertir que en su línea de marcha había estacionado un vehículo, y menos aún que esa posición había sido precedida por un giro a la izquierda ponen de manifiesto que el accidente aconteció por la exclusiva imprudencia del demandante, al no circular atento a todas las circunstancias del tránsito, pues de haber mantenido pleno control en la conducción de la moto, el siniestro no se hubiese producido."
Sobre la carga de la prueba y la teoría de la causalidad adecuada: el tribunal aplica la teoría de la causa adecuada y recuerda que las eximentes se interpretan de modo restrictivo; sin embargo, entiende que la Cámara valoró indebidamente pruebas (fue decisiva la prueba pericial y testimonios que indican que el vehículo ya estaba detenido).
En consecuencia, se admite el recurso y se dispone revocar la sentencia de alzada para confirmar el fallo que había rechazado la demanda.
¿Cómo votaron los jueces?
Voto de la Dra. María Teresa Day con adhesión de los Dres. Julio Ramón Gómez y Pedro Jorge Llorente (unanimidad). No hubo disidencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Constitución (Provincia De Mendoza)art. 160
- CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓNarts. 1726, 731 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley L. 9041 (Provincia De Mendoza)
- C.P.C.C. y T. (Provincia De Mendoza)arts. 36, 35, 33
- Ley L.A. (Ley de Aranceles) (Provincia De Mendoza)art. 15
- Ley L. 9131 (Provincia De Mendoza)arts. 13, 16
Fallos que cita
- LS 476-158SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
- 400-143SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
- L.S. 328-176SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
- "Elizondo..." auto n°13-05368172-1/1SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA) · 26/06/2023
- "Cerutti..." auto n°13-05342036-7/1SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA) · 10/11/2022
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.