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Tribunal Superior

PEREZ MARIA CECILIA C/ DIRECCION GENERAL DE ESCUELAS (DGE) P/ ACCION PROCESAL ADMINISTRATIVA (ART. 2 INC. 4 LEY 9.423; ART. 1° CPA; ART. 187 LEY 9003)

La actora promovió acción procesal administrativa solicitando pago de suplemento por subrogancia y reencasillamiento con diferencias salariales. La Suprema Corte, haciendo lugar parcialmente, ordenó el pago de la subrogancia reconocida administrativamente por el período 13.05.2016–31.12.2019 y rechazó el reencasillamiento solicitado por falta de vacante y requisitos legales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - COMPETENCIA ORIGINARIA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - COMPETENCIA ORIGINARIA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-07205237-9
Costas Reencasillamiento Inactividad administrativa Liquidacion salarial Subrogancia Accion procesal administrativa Ejecutividad del acto Pago de suplementos Clase 08 Lpa

¿Quién es el actor?

M. Cecilia Pérez.

¿A quién se demanda?

Dirección General de Escuelas (DGE).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

1) Cumplimiento de resolución administrativa que autorizó pago de suplemento por subrogancia por haber desempeñado funciones de Encargada de Mesa de Entradas (13.05.2016–31.12.2019). 2) Reencasillamiento en clase salarial superior por funciones administrativas de responsabilidad. 3) Cálculo y pago de diferencias salariales no prescriptas. Intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente a la demanda únicamente en lo relativo al pago del suplemento por subrogancia en el período indicado; se condena a la DGE a practicar la liquidación y abonar las diferencias resultantes conforme Clase 08 (Encargada de Primera) y con intereses según pautas fijadas; se rechaza la pretensión de reencasillamiento y cobro de diferencias derivadas de aquél. Costas en el orden causado. Regulación de honorarios diferida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En tal tesitura, este Tribunal ha tenido oportunidad de afirmar, que cuando la pretensión procesal está encaminada contra un supuesto de inactividad, la sentencia estimatoria ordenará que cese aquella omisión obligando a la Administración a cumplir o realizar el acto que proceda en el plazo que fije."

"Se encuentra probado el reconocimiento que la propia demandada ha realizado en su sede de las funciones asignadas, entre el 13.05.2016 y el 31.12.2019, como Encargada de la Mesa de Entradas de la Delegación Centro-Norte de la DGE -v. Resolución N.º 1160 de fecha 13.05.2016-, respecto de lo cual ha dispuesto, posteriormente, la autorización del pago del suplemento por subrogancia, mediante resolución de fecha 04.12.2019, sin embargo, a pesar del reclamo de la actora no consta que el mismo se haya abonado hasta el momento."

"Dicho acto administrativo goza de estabilidad en los términos dispuestos por los artículos 96° y 97° de la LPA y de los caracteres que lo alcanzan como tal, en particular, su ejecutividad (art. 80° LPA). En consecuencia, la legitimidad de ese acto estable no constituye una materia sobre la que deba ni pueda ingresar este Tribunal."

"En función de ello, a los fines de viabilizar el cumplimiento de dicho acto, advierto que no corresponde disponer que la ejecución se efectúe en base a una Clase 09... A tal fin, entiendo que una solución razonable y armónica, impone indagar, si las funciones asignadas están previstas en el escalafón vigente y a qué clases se referencia... En consecuencia, la Clase 08 es aquella sobre cuya base deben liquidarse y abonarse las diferencias debidas en concepto de adicional por subrogancia."

"Por todo lo expresado... corresponde hacer lugar parcialmente a la demanda."

¿Cómo votaron los jueces?

Voto del Dr. Dalmiro F. Garay Cueli con adhesión de los Dres. Omar A. Palermo y Julio R. Gómez (acuerdo unánime). El bloque dispositivo final consagra la solución por mayoría.

Normas que cita

  • Ley 9.423 (Provincial Mendoza)art. 2 inc. 4
  • Ley 9003 (Provincial Mendoza)art. 187
  • CPA (Provincial Mendoza)art. 1°
  • Constitución (Provincial Mendoza)art. 160
  • Ley 5126 (Provincial Mendoza)arts. 11, 13, 64
  • Ley 3918 (Provincial Mendoza)arts. 68, 69
  • Ley 8706 (Provincial Mendoz A)art. 54
  • Ley 9041 (Provincial Mendoza)arts. 1, 4
  • Ley 9516 (Provincial Mendoza)
  • Ley LPA (Provincial Mendoza)arts. 80, 96, 97, 53

Fallos que cita

  • L.S.: 452-27
  • L.S.: 465-1
  • L.S.: 468-166
  • L.S.: 153-132
  • L.S.: 202-192
  • L.S.: 246-471
  • L.S.: 483-165
  • Plenario “Aguirre”
  • Plenario 30.10.2017 "CITIBANK"30/10/2017

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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