F. C/ O. M., P/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL S/ CASACION
La defensa de M. B. O. M. interpuso recurso de casación contra la condena por abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa. La Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó el recurso y confirmó la sentencia condenatoria, entendiendo que la valoración probatoria y el cambio de calificación no vulneraron garantías y que la prueba periférica corrobora el relato de la víctima.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (causa caratulada F. c/ O. M.)
¿A quién se demanda?
M. B. O. M. (imputado)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de casación interpuesto por la defensa contra la sentencia condenatoria (sent. n° 3.264, Tribunal Penal Colegiado Nº1, Tercera Circunscripción) que condenó a O. M. a cinco años de prisión por abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa.
¿Qué se resolvió?
No hacer lugar al recurso de casación; se confirma la sentencia condenatoria. Se impusieron las costas a la vencida y se diferió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de los párrafos más relevantes (lenguaje original del tribunal):
"De modo preliminar al análisis detallado de cada uno de los agravios introducidos por la defensa en su recurso, debe ponerse de relieve que los hechos investigados en las presentes actuaciones han sido calificados legalmente en la sentencia cuestionada como abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa, el acusado es un hombre mayor de edad y la víctima una niña que, al momento de los hechos, contaba con nueve años de edad."
"Respecto de los elementos de prueba que sustentan la sentencia condenatoria emitida, en particular, el relato efectuado por la víctima y cuya credibilidad ha sido cuestionada por la defensa, entiendo que el agravio debe ser rechazado. Compulsados los fundamentos orales, se advierte que la jueza de la instancia anterior ha analizado aquel medio de prueba de manera detallada y con la debida contextualización que requiere la particular clase de injusto culpable que ha sido atribuido al imputado."
"Por último, corresponde abordar el tratamiento del agravio según el cual el imputado habría visto vulnerado su derecho de defensa en juicio. [...] Pues bien, en mi opinión, no puede afirmarse que esto último haya sucedido en el caso concreto. En primer lugar, porque la calificación legal bajo la que finalmente fue subsumido el hecho delictivo por la jueza de la instancia previa, al considerar que el injusto culpable ha quedado en grado de tentativa, conlleva una reducción sustancial de la escala penal aplicable y, por tanto, opera en beneficio y no perjuicio de la defensa."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto del Dr. Dalmiro Garay Cueli expone la fundamentación principal y concluye con su voto por rechazar el recurso; los Dres. Julio R. Gómez y María Teresa Day adhieren al voto que antecede. El bloque dispositivo final consagra la decisión mayoritaria.
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