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Tribunal Superior

SARCINELLA MARIA FERNANDA C/ PROVINCIA DE MENDOZA P/ ACCION PROCESAL ADMINISTRATIVA (ART. 2 INC. 4 LEY 9.423; ART. 1° CPA; ART. 187 LEY 9003)

La actora promovió acción procesal administrativa solicitando el pago de haberes retenidos desde diciembre de 2019 hasta su reincorporación por alta médica. La Sala con Competencia Originaria rechazó la demanda por identidad de sujetos, objeto y causa con un precedente de amparo ya firme y por haberse aplicado válidamente la Resolución Nº 362/2019 en virtud de la Ley Nº 5811.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - COMPETENCIA ORIGINARIA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - COMPETENCIA ORIGINARIA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-07181170-5
Costas Honorarios Cosa juzgada Amparo Haberes Intangibilidad salarial Reserva de empleo Accion procesal administrativa Ley 5811 Resolucion n? 362/2019

¿Quién es el actor?

M. Fernanda Sarcinella, magistrada titular de la Novena Asesoría de Niños, Niñas, Adolescentes y Personas con Capacidad Restringida.

¿A quién se demanda?

Provincia de Mendoza (Ministerio Público de la Defensa / Defensora General).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de sueldos dejados de percibir desde el 17.12.2019 hasta la fecha de reincorporación (01.12.2020) por la reserva de empleo y cese de haberes dispuesta por Resolución Nº 362/2019.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda; se impusieron costas a la actora y se regularon honorarios. (Resolución final: “No hacer lugar a la demanda entablada, el 03.03.2023, por M. Fernanda SARCINELLA.”)

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre cosa juzgada e identidad de pretensiones:

“...existe identidad de sujetos procesales en ambas acciones, tanto el amparo como este proceso encuentran causa, en el obrar de la demandada constituído por el dictado de la Resolución Nº 362/2019, emanada del Ministerio Público de la Defensa, y en ambas acciones el objeto se encuentra constituido por la pretensión de la actora de que se le abonen los salarios no percibidos a consecuencia de la ejecución de la mencionada resolución, hasta el momento en que por Resolución Nº 189/2020, de fecha 01.12.2020, dispuso su reintegro en la prestación de sus funciones...”

Sobre aplicabilidad de la Ley Nº 5811 y precedente “Bernal”:

“...se torna evidente la imposibilidad constitucional de aplicar a los jueces y demás magistrados del Poder Judicial las reglas que modulan el régimen de licencias en lo que la ley denomina Licencia paga por razones de salud... No es necesario recordar que los magistrados judiciales tienen asegurada la intangibilidad de su remuneración y permanencia en sus cargos en los términos que predica el art. 151 de la Constitución de Mendoza...” (cita del caso “Bernal”, 16.09.2020, invocada por la actora).

Sobre firmeza del acto administrativo y tramitación previa:

El tribunal valoró que la Resolución Nº 362/2019 “goza de la presunción de legitimidad (art. 79 de Ley Nº 9003)” y que la actora ya había discutido y perdido en sede de amparo, con sentencia de segunda instancia firme que abordó el fondo y confirmó la legitimidad del acto impugnado.

Conclusión mayoritaria:

En atención a lo precedente y a la identidad de causa, sujeto y objeto con la acción de amparo previa, la acción procesal administrativa resulta improcedente y debe rechazarse.

(Se transcriben a continuación los extractos textuales citados en los fundamentos, tal como se integraron en el razonamiento del Tribunal:

“existe identidad de sujetos procesales en ambas acciones...”

“...se torna evidente la imposibilidad constitucional de aplicar a los jueces y demás magistrados del Poder Judicial las reglas que modulan el régimen de licencias...”)

¿Cómo votaron los jueces?

Mayoría integrada por los Dres. Pedro J. Llorente y M. Teresa Day (el Dr. Omar A. Palermo no suscribe por licencia). No consta disidencia.

Normas que cita

  • Ley 5811 (Provincia De Mendoza)arts. 40, 47, 49
  • Ley 9003 (Provincia De Mendoza)arts. 150, 148
  • Ley 9131 (Provincia De Mendoza)arts. 2, 3, 4, 31
  • CPCCT (Provincia De Mendoza)arts. 36, 33
  • Ley - (Estatuto del Empleado Público) (Provincia De Mendoza)art. 38 bis
  • Constitución (Provincia De Mendoza)arts. 151, 160
  • Acordada 25.038 (Provincia De Mendoza)
  • Resolución Nº 362/2019 (Defensora General) (Provincia De Mendoza)
  • Resolución Nº 189/2020 (Ministerio de la Defensa Pública) (Provincia De Mendoza)
  • Decreto Nº 724/2011 (nombramiento) (Provincia De Mendoza)

Fallos que cita

  • BernalSala I, Expte. n.º 13-02121899-9 · 16/09/2020
  • TapiaSala Primera, Expte. n.º 13-06707538-7 · 26/09/2024
  • Ferreto (auto)11/08/2011
  • Passardi (L.S. 273-304)

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