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Tribunal Superior

HELLVIG MAURICIO ADOLFO C/ DIRECCION GENERAL DE PROTECCION DE DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES (DGP) P/ ACCION PROCESAL ADMINISTRATIVA (ART. 2 INC. 4 LEY 9.423; ART. 1° CPA; ART. 187 LEY 9003)

El actor promovió acción procesal administrativa solicitando su reencasillamiento y diferencias salariales por ejercer funciones de Auditor Interno desde el 11/10/2016. La Suprema Corte de Justicia hizo lugar parcialmente y condenó a la DGP a abonarle el Suplemento por Subrogancia correspondiente a Clase 12, Categoría Encargado, Tramo Supervisión, desde el 11/10/2016 y mientras perdure la subrogancia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - COMPETENCIA ORIGINARIA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - COMPETENCIA ORIGINARIA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-07212188-5
Costas Concurso Clase 12 Reencasillamiento Auditor interno Interes moratorio. Suplemento por subrogancia Accion procesal administrativa Ley 7.897 Tramo supervision

¿Quién es el actor?

Mauricio Adolfo Hellvig.

¿A quién se demanda?

Dirección General de Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (DGP), Provincia de Mendoza.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reencasillamiento definitivo como Auditor Interno (Clase 12, Categoría Encargado, Tramo Supervisión, Agrupamiento Administrativo y Técnico) desde 11/10/2016 y pago de diferencias salariales; en subsidio, liquidación del suplemento por subrogancia por haber desempeñado funciones superiores.

¿Qué se resolvió?

Hacer lugar parcialmente a la demanda: se condena a la DGP a abonar al actor el Suplemento por Subrogancia (art. 37 Ley 7.897, ratificatoria del C.C.T.) respecto a la Clase 12, Categoría Encargado, Tramo Supervisión, Agrupamiento Administrativo y Técnico, desde 11/10/2016 en adelante y mientras perdure la situación que lo hace acreedor del suplemento. Se impusieron costas en el orden causado en lo rechazado y a la demandada por lo que prospera la acción; se diferirá la regulación de honorarios; se dará intervención a Caja Forense. (Voto mayoritario: Llorente y Gómez).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1°) Hacer lugar parcialmente a la demanda entablada por Mauricio Adolfo Hellvig y, en consecuencia, condenar a la Dirección General de Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes a que le abone al actor por el desempeño de sus funciones como Auditor Interno el Suplemento por Subrogancia (art. 37 Ley 7897 ratificatoria del C.C.T) respecto a la Clase 12, Categoría Encargado, Tramo Supervisión, Agrupamiento Administrativo y Técnico de la demandada, desde el 11/10/2016 en adelante y mientras perdure la situación que lo hace acreedor de tal suplemento; todo ello en los términos y conforme se establece en la Segunda Cuestión."

"El artículo 37 del CCT ratificado por Ley 7.897 establece 'se liquidará al personal al que se le haya asignado funciones transitorias correspondientes a los cargos de los tramos supervisión y superior, durante su interinato o reemplazo. El suplemento será igual a la diferencia entre el importe de la asignación de clase y adicionales particulares del agente y el que le correspondería por el cargo que ejerza en calidad de reemplazante o interino.'"

"En la especie, si bien se encuentra acreditado que el actor cumple las funciones de Auditor Interno, e incluso la accionada en su sede ha dictaminado que sus funciones equivalen a la Categoría Encargado en el Tramo Supervisión... no es posible hacer lugar a su pretensión de efectivización en el cargo pretendido, dado que no se ha cumplido el requisito normativo de cubrirse tal tipo de cargo mediante el procedimiento de concurso... Por otra parte, no resultaría posible recepcionar tal pretensión de reencasillamiento, con el alcance proyecto por el accionante, esto es de modo efectivo, dado los expresos términos del artículo 49 de la Ley 7.897."

"A su vez, se vislumbra que las funciones de Auditor Interno asignadas y cumplidas por el accionante, se identifican con los objetivos y funciones atribuidas al Departamento de Auditoría Interna... En el caso, resulta probado que las funciones desempeñadas por el actor, único Auditor Interno de la DGP, se corresponden con la Clase 12, dada la complejidad y responsabilidad que revisten."

¿Cómo votaron los jueces?

Votaron y firmaron los Dres. Pedro J. Llorente y Julio R. Gómez adhiriendo al mismo sentido; el Dr. Omar A. Palermo no suscribió por encontrarse en uso de licencia (constancia). No se registra voto en disidencia en el acuerdo final.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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