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Tribunal Superior

PROVINCIA A.R.T. S.A. EN J 31390 BASUALDO LUCAS ALBERTO C/ PROVINCIA A.R.T. S.A. P/ ENFERMEDAD ACCIDENTE P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL

El actor demandó a Provincia A.R.T. S.A. por indemnización por incapacidad laboral derivada de un accidente laboral y reclamó intereses y costas. La Suprema Corte provincial admitió el recurso extraordinario de la ART y modificó la sentencia para confirmar la condena por $1.254.346,63 pero aplicando la tasa activa promedio “cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días” del Banco Nación desde la primera manifestación invalidante (20/09/2019).

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-07243087-9/1
Intereses Tasa de interes Costas Indemnizacion Incapacidad laboral Accidente laboral Ley 27348 Ley 24557 Provincia a.r.t. s.a. Regulacion honorarios (ley 9131)

¿Quién es el actor?

Lucas Alberto Basualdo.

¿A quién se demanda?

Provincia A.R.T. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por incapacidad parcial, permanente y definitiva por enfermedad/accidente laboral (hernia de disco L5-S1), más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se admitió el recurso extraordinario provincial interpuesto por Provincia A.R.T. S.A., se revocó parcialmente la sentencia apelada en cuanto a la tasa de interés aplicada y se condenó a Provincia A.R.T. S.A. a pagar $1.254.346,63 más intereses equivalentes al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina desde el 20/09/2019; se ordenó liquidación, regulación de honorarios y costas en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"3. La asiste razón a la recurrente en cuanto la decisión que se analiza no puede ser sostenida como válida. La sentencia, en lo que resultó motivo de agravio, no resultó correctamente fundada desde que se despojó de aplicar la tasa de interés prevista por la Ley 27348.

El análisis constitucional realizado en la Cámara no superó el valladar necesario que permitiera invalidar la norma por los fundamentos alegados. El razonamiento del grado no se encuentra debidamente fundado por cuanto sólo analizó comparativamente los diferentes resultados luego de calcular la indemnización mediante la utilización de diferentes tasas de interés.

... No alcanza para invalidar el art. 12 de Ley 24557, en su texto conformado por la modificación introducida por la Ley 27348, analizar únicamente la tasa de interés. Por cuanto esta es sólo un componente para arribar al cálculo final de la incapacidad laborativa.

4. Por lo que firme en la instancia la primera manifestación invalidante (20/09/2019) rige la tasa de interés vigente conforme la Ley 27348 (BO 24/02/2017), la cual impone la aplicación de la tasa activa promedio “cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina” (art. 11)."

¿Cómo votaron los jueces?

El voto que resuelve es el del Dr. Dalmiro F. Garay Cueli; las ministras Dra. María Teresa Day y Dr. Omar Alejandro Palermo adhieren al mismo voto (acuerdo unánime).

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