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Tribunal Superior

GINER ALEJANDRO DANIEL Y OTS. EN J° 13-03591898-6 (255015) / 56231 VARELA ALBERTO Y OTROS C/ HEREDEROS DE LA SRA. PARODI MERCEDES IRMA Y OTROS P/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL

Los actores reclaman cumplimiento de contrato de compraventa (escrituración), pago de cláusula penal e indemnización por inmisiones y daño extrapatrimonial derivado de un depósito y taller contiguo. La Suprema Corte confirmó la sentencia de Cámara que ordenó la escrituración, condenó en multa contractual y costas, impuso medidas para el cese de las inmisiones y confirmó la indemnización de $200.000 para cada actor por daño extrapatrimonial.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-03591898-6/1
Costas Escrituracion Prescripcion Inmisiones Clausula penal Mora Dano extrapatrimonial Saneamiento Tribunal provincial Clausura municipal

¿Quién es el actor?

Alejandro Daniel Giner y Martín Alejandro Giner Parodi (herederos de Mercedes Irma Parodi), Jorge Alberto Parodi; y en la protección de intereses, Alberto Varela y Beatriz Cecilia Varela (actores por daños y cumplimiento).

¿A quién se demanda?

Herederos de la Sra. Mercedes Irma Parodi (Alejandro D. Giner y Martín A. Giner Parodi), y Jorge Alberto Parodi; y sucesores de Dora Da Rocha Moreira de Varela (actores y demandados entre sí según instancia).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cumplimiento de contrato de compraventa (escrituración y accesorios), cláusula penal, pago de impuestos/proporcionales; en subsidio resolución y daños; y por separado cese de inmisiones vecinales (plagas, insalubridad) y reparación por daño extrapatrimonial.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia de la Primera Cámara de Apelaciones: condena a los herederos a escriturar y abonar impuestos proporcionales; multa/cláusula penal desde el 30/10/2012 (monto fijado en primera instancia y sujeto a ejecución); orden de medidas para el cese de inmisiones (desocupación parcial, saneamiento, autorización de rotura de fajas de clausura para tareas sanitarias, control municipal) y condena por daño extrapatrimonial fijada en $200.000 para cada actor. Se impusieron costas al recurrente en la instancia extraordinaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso debe ser rechazado, debiendo aclararse solamente que la indemnización concedida a la Sra. Varela lo es a título personal." (voto mayoritario)

"No habiendo efectuado el plano de mensura -que se encontraba a su cargo- para lograr la escrituración, su emplazamiento a escriturar no pudo tener virtualidad para colocar a su co-contratante en mora (art. 510 CC)..." (razonamiento sobre fecha de mora)

"De las constancias mencionadas se advierte que el Sr. Parodi no cumplió cabalmente los emplazamientos realizados por la Comuna, lo que condujo a la clausura, en dos oportunidades, del establecimiento... El recurrente no ha alegado ni demostrado que esta situación haya sido modificada a la fecha del dictado de la presente resolución." (fundamento sobre inmisiones y prueba municipal)

Citas textuales relevantes:

"El recurso no puede prosperar si la sentencia, no obstante algún argumento erróneo, se sostiene en otros razonables."

"La sentencia juzgó que la actora... renunció a hacer valer los derechos ... por el lapso que corrió entre el vencimiento del plazo contractual ... hasta el 9/2/2010..."

"La suma de $ 200.000 para cada uno de los actores, calculada a la fecha del fallo de grado, no resulta desproporcionada..."

¿Cómo votaron los jueces?

unanimidad de la Sala (Dra. María Teresa Day; Dres. Pedro Jorge Llorente y Julio Ramón Gómez) adhiriendo al voto que integra el texto.

Fallos que cita

  • CARÁTULA: Fallos 308:581; 310:2927; 311:1337TRIBUNAL: CSJN
  • CARÁTULA: Fallos 321:164TRIBUNAL: CSJN

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