F. C/ P. V., G. R. P/ ABUSO SEXUAL SIMPLE DOBLEMENTE AGRAVADO Y ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL DOBLEMENTE AGRAVADO (DOS HECHOS), TODO EN CONCURSO REAL S/ CASACIÓN
La defensa de G. R. P. V. interpuso recurso de casación contra la condena por abuso sexual simple agravado y abuso sexual con acceso carnal agravado (dos hechos en concurso real). La Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó el recurso al considerar que la sentencia de grado valoró adecuadamente el testimonio de la víctima y los elementos periféricos conforme a estándares nacionales e internacionales y con perspectiva de género.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público / Fiscalía (acusación pública en la causa penal; la sentencia de grado fue dictada por el Tribunal Penal Colegiado n.º 1, Segunda Circunscripción).
¿A quién se demanda?
G. R. P. V. (imputado y condenado).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de casación interpuesto por la defensa contra la sentencia condenatoria por abuso sexual simple agravado y abuso sexual con acceso carnal agravado (dos hechos) en concurso real; la defensa alegó vicios de procedimiento, arbitrariedad en la valoración probatoria y violación del principio de imparcialidad.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación; se dejó sin efecto la pretensión defensiva y se remitieron las actuaciones al tribunal de origen. Se tuvo presente la reserva del caso federal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de párrafos relevantes (textuales, tal como aparecen en la sentencia):
"En los casos de violencia contra las mujeres y niñas, particularmente violencia sexual, el testimonio de la víctima constituye un elemento de valor fundamental en la comprobación de los extremos de la imputación delictiva, esto es, acerca de la existencia material del hecho y la persona señalada por la víctima como penalmente responsable de su comisión."
"De esta manera, el art. 16 de la referida normativa establece la garantía que la investigación se realice bajo un estándar de amplitud probatoria para acreditar los hechos «teniendo en cuenta las circunstancias especiales en las que se desarrollan los actos de violencia y quiénes son sus naturales testigos», en tanto el art. 31 conmina a los operadores judiciales a que ponderen, en orden a acreditar que el hecho tuvo lugar en un contexto de violencia de género, todas las presunciones que se construyan a través de indicios graves, precisos y concordantes."
"En definitiva, advierto que la defensa realiza un análisis sesgado de las constancias de la causa contrario al análisis integral del cuadro probatorio realizado por el tribunal de la instancia previa en la sentencia ahora cuestionada. Del mismo modo, omite considerar el contexto en que acontecieron los hechos, aspecto éste que fue debidamente ponderado por la fiscal al momento de formular la acusación, como por el tribunal en la oportunidad de valorar los elementos de juicio que dieron sustento a la condena. De tal manera, puede afirmarse que la sentencia cuestionada no contiene vicios en el ámbito de la ponderación de la prueba capaces de desvirtuar la conclusión a la que llegó."
Citas textuales importantes: las reproducidas arriba (en especial la valoración del testimonio de la víctima como elemento fundamental y la remisión a los arts. 16 y 31 de la ley 26.485 sobre perspectiva de género).
¿Cómo votaron los jueces?
Tres votos concordantes (Dr. Mario D. Adaro como preopinante, Dr. Dalmiro F. Garay Cueli adhiriendo con consideraciones, y Dr. Omar A. Palermo en voto ampliatorio). El bloque dispositivo final rechazó el recurso de casación.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 26.485arts. 16, 31 · Ley de proteccion integral a las mujeres
- CPP (Código Procesal Penal) (Provincial Mendoza)arts. 474, 399, 412, 206
- CP (Código Penal)arts. 119, 55
- Constitución (Provincial Mendoza)art. 160
Fallos que cita
- Galdeano ReyesSCJM
- Concha, JesúsSCJM
- González PringlesSCJM
- Ruiz GutiérrezSCJM
- Alaniz PineiraSCJM
- González SosaSCJM
- Scifo RuffiniSCJM
- YerkinSCJM
- Pereyra CeciSCJM
- Agüero PérezSCJM
- Mopardo DupoxSCJM
- Flores GonzálezSCJM
- Gómez, Lucas EmmanuelSCJM
- Reynoso SolorzaSCJM
- Guzmán CaroSCJM
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.