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Tribunal Superior

ROJAS AGUERO CINTHIA ANAHI C/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA P/ ACCION PROCESAL ADMINISTRATIVA (ART. 2 INC. 4 LEY 9.423; ART. 1° CPA; ART. 187 LEY 9003)

La actora promovió acción procesal administrativa por denegatoria tácita para exigir el pago de la indemnización prevista en el art. 308 inc. 2) de la Ley 6722 por baja obligatoria por salud. La Sala con Competencia Originaria hizo lugar a la demanda y condenó al Gobierno de la Provincia de Mendoza a liquidar y abonar la suma reconocida en la Resolución 459-S más intereses desde el 08/08/2018, con plazo y apercibimiento conforme art. 68 y 69 Ley 3.918.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - COMPETENCIA ORIGINARIA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - COMPETENCIA ORIGINARIA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-07163200-2
Baja obligatoria Ejecucion administrativa Denegatoria tacita Contaduria general Accion procesal administrativa Prioridad de pago Indemnizacion art. 308 ley 6722 Intereses moratorios (uva y ley 9516) Costa a la administracion Plazo art. 68 ley 3.918.

¿Quién es el actor?

Cinthia Anahí Rojas Agüero (DNI 30.343.454).

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Provincia de Mendoza (Ministerio de Seguridad).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución y pago de la indemnización reconocida en Resolución Nº 459-S de fecha 27/02/2020 correspondiente al art. 308 inciso 2) de la Ley Provincial Nº 6722, con más intereses desde la mora (notificación de baja 08/08/2018) hasta su efectivo pago.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la acción procesal administrativa; se condenó al Gobierno de Mendoza a instrumentar los medios económicos y administrativos para liquidar y pagar la indemnización reconocida por Resolución 459‑S, con intereses desde el 08/08/2018 hasta el efectivo pago; se impusieron las costas a la demandada; se eximió a la actora del orden de priorización y se ordenó pronto pago dentro del plazo del art. 68 Ley 3.918; regulación de honorarios diferida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por ello, si bien no deconozco lo resuelto por la ex Sala 1 en fecha 15/02/2008 haciendo aplicación del plenario Expte. N° 64.824, caratulado: 'Pérez Videla, Lorenzo Ángel - solicita Indemnización Prevista Ley 5811' ... en el caso conforme a los términos el reclamo administrativo que solicita el pago de la indemnización prevista en el art. 308 inc. 2 de la Ley 6722 desde la notificación de la baja del agente, lo ordenado en la Resolución 459 S de fecha 27/02/2020 ... corresponde computar los intereses en los términos planteados en el reclamo administrativo receptado, esto es, desde el 08/08/2018, la fecha de notificación de la Resolución 129 S que dispone la baja de la agente Rojas Agüero..."

"En este contexto resulta pertinente referir, como se expresó en los autos 'Brond', que este no es el primer caso en que el Tribunal debe tratar un asunto que se encuentra prácticamente resuelto en sede administrativa, a pesar de lo cual persiste el conflicto porque la demandada no materializa el derecho reconocido al accionante ... En el caso, se ha reconocido el derecho, pero no se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad competente."

"Por consiguiente, corresponde ordenar a la demandada, Gobierno de la Provincia de Mendoza ... a que instrumente los medios económicos y administrativos idóneos, a los efectos de dar cumplimiento a la Resolución Nº 459- S, de fecha 27/02/2020 ... y consecuentemente proceda a liquidar y pagar a la actora la indemnización prevista en el art. 308 inc.2) de la Ley 6722 conforme lo establecido en el art. 1 de la mencionada resolución, con más los intereses desde el 08/08/2018 y hasta su efectivo pago."

¿Cómo votaron los jueces?

"…la tasa de interés moratorio equivalente a la evolución de la serie de la Unidad de Valor Adquisitivo (U.V.A.), prevista en la Ley N° 9.041 (arts. 4°, 1°) hasta el 16/04/2024, y desde el 17/04/2024, hasta la fecha del efectivo pago la tasa nominal anual de préstamos de libre destino hasta setenta y dos (72) meses para personas que no son clientes del Banco de la Nación Argentina, conforme Ley 9516, artículo 1 (B.O 08/04/2024)."

Dispositivo (extracto del fallo): "1°) Hacer lugar a la demanda ... 2°) Imponer las costas del proceso a la demandada vencida. 3°) Eximir a la parte actora del orden de priorización ... 4°) Diferir la regulación de honorarios ... 5°) Dese intervención a la A.T.M. y a Caja Forense..."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registra disidencia; los tres Dres. adhieren al voto de la ponencia.

Normas que cita

  • Ley 6722 (Provincia De Mendoza)arts. 58, 308
  • Ley 3.918 (Provincia De Mendoza)arts. 68, 69
  • Ley 9.041 (Provincia De Mendoza)arts. 4, 1
  • Ley 9516 (Provincia De Mendoza)art. 1
  • Constitución (Provincia De Mendoza)art. 160
  • CPA (Provincia De Mendoza)arts. 1, 76
  • CPC (Provincia De Mendoza)art. 36
  • Ley 9423 (Provincia De Mendoza)art. 2 inc.4
  • Ley 9003 (Provincia De Mendoza)art. 187
  • Ley 728 (Provincia De Mendoza)
  • Ley 9139 (Provincia De Mendoza)
  • Ley 9501 (Provincia De Mendoza)

Fallos que cita

  • Pérez Videla, Lorenzo Ángel26/03/2006
  • Tasende Pablo Emanuel07/06/2023
  • Micarelli Sergio Antonio25/09/2019
  • "Brond"

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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