PROVINCIA ART SA EN J 164458 LARRAMENDY ARIEL ALEJANDRO C/ PROVINCIA ART SA P/ ACCIDENTE P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL (LEY 9423)
El actor promovió demanda por indemnización por incapacidad laboral por accidente laboral. La Suprema Corte admitió el recurso extraordinario provincial de Provincia A.R.T. S.A., revocó parcialmente la sentencia de grado y fijó la indemnización en $997.223,14 con intereses desde el 11/11/2021 y costas a la vencida.
¿Quién es el actor?
Ariel Alejandro Larramendy.
¿A quién se demanda?
Provincia A.R.T. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por incapacidad laboral permanente parcial derivada de accidente ocurrido el 11/11/2021 (epicondilitis lateral y demás secuelas), con intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se admitió el recurso extraordinario provincial interpuesto por Provincia A.R.T. S.A., se modificó la parte resolutiva de la sentencia de grado y se condenó a Provincia A.R.T. S.A. a pagar a Larramendy la suma de $997.223,14 más intereses desde el 11/11/2021; se ordenó liquidación por Secretaría, costas a la demandada vencida y regulaciones de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I. Relato de la causa.
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El 11 de noviembre de 2021, mientras operaba una máquina lijadora orbital, sintió un fuerte tirón en el codo derecho. Producto del mismo, denunció haber sufrido epicondilitis lateral que le habría ocasionado un 12 % de incapacidad.
La demanda se interpuso contra Provincia ART S.A., reclamando la indemnización por incapacidad parcial y permanente, con más intereses y costas."
"IV. Conforme lo desarrollado, en mi opinión, corresponde admitir el recurso extraordinario provincial interpuesto en en fecha 5 de mayo de 2024, por Provincia A.R.T. S.A. contra la sentencia de fs. 34 y siguientes de los autos N° 164458 caratulados: “Larramendy, Ariel Alejandro c/ Provincia A.R.T. S.A. p/ Accidente”, originarios de la Segunda Cámara del Trabajo de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Mendoza.
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Así, la incapacidad en el presente reclamo (15%) queda en el porcentual del 11,85%, a lo que se adicionan factores de ponderación y resulta un total de 14,62% (11,85 + 1,18 + 0,59 + 1).
...
la reparación dineraria por incapacidad laboral permanente parcial debe quedar justipreciada en la instancia, a valores del momento de la primera manifestación invalidante (11/11/2021), en la suma de $ 997.223,14 (53 x 93.123,88 x 14,62% x 1,382).
Desde esa misma fecha deberá computarse los intereses. Por lo que el monto indemnizatorio devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina desde el día 11/11/2021 (conforme inciso 2° del artículo 12 de la Ley 24557, texto según Ley 27348).
En consecuencia, corresponde revocar parcialmente la misma y condenar a Provincia A.R.T. S.A. a pagar a Ariel Alejandro Larramendy la incapacidad laborativa prevista en el art. 14 inc. 2. a) LRT, y art. 3 de la Ley 26773, que asciende a la suma de pesos novecientos noventa y siete mil doscientos veintitrés con 14/100 ($ 997.223,14) con más un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina desde el día 11/11/2021.
En relación a la capitalización, la misma se establece a partir de los 5 días desde que quede firme la sentencia de grado, en caso de incumplimiento del plazo ordenado en la resolución de la instancia para cumplir con el pago de condena. Lo que además resulta conteste con el art. 12 inc. 3° de la Ley 24557 (texto según art. 11 de Ley 27348) y art. 770 inc. c del Código Civil y Comercial de la Nación."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto del Dr. Dalmiro F. Garay Cueli expone y propone la resolución admitida; la Dra. María Teresa Day adhiere. El Dr. Omar Alejandro Palermo no suscribió por licencia; el acuerdo final se corresponde con el voto de la mayoría que figura en el dispositivo.
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Normas que cita
- Ley 9423 (Provincial (mendoza))
- Constitución (Provincia De Mendoza)art. 160
- CPCCyT (Provincial (mendoza))arts. 150, 35, 36; art. 36 citado
- Ley 24557art. 12 inc. 3° · Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27348art. 11; referencia general · Riesgos del trabajo
- Ley 24557 t.o. según Ley 27348art. 12 inc. 3°; inciso 2° citado
- Ley 26773art. 3 · Riesgos del trabajo
- Ley 26733art. 3 · Codigo penal
- CCyCN / Código Civil y Comercialart. 770 inc. c
- CPL (Código Procesal Laboral?) (Provincial (mendoza))art. 31 y 108
- Ley 9131 (Provincial (mendoza))arts. 2, 3, 15, 31, 16
- Decreto 1.556/09art. Anexo I art. 2.4 g)
- Ley 26.994
Fallos que cita
- "Carinadu SA c/. Banco de la Provincia de Buenos Aires"CSJN · 02/03/2016
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