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Tribunal Superior

F. C/ S. S., P. M. P/ ABUSO SEXUAL SIMPLE AGRAVADO POR LA CALIDAD DE GUARDA EN GRADO DE TENTATIVA EN CONCURSO REAL CON ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR LA CALIDAD DE GUARDA S/ CASACIÓN

Se revisaron agravios contra una condena por delitos contra la integridad sexual cometidos contra una menor de edad y la valoración probatoria de su declaración. El tribunal colegiado destacó la admisibilidad de cierta indeterminación cronológica en testimonios de niñas, la obligación de garantizar una defensa letrada efectiva y la necesidad de valorar la prueba con perspectiva de género.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-07627873-8/1
Declaracion testimonial Valoracion de la prueba Perspectiva de genero Iura novit curia Delitos sexuales Victima menor Tribunal colegiado. | --fin-citas--- | csjn | F | Indeterminacion cronologica Defensa letrada eficaz Articulo 403 cpp (nuevas pruebas) (fallos citados en el texto: se menciona csjn Fallos 324:3632 Se incluyo en la transcripcion de fundamentos Pero el bloque de normas/fallos requiere linea por cita con formato: como el material no brinda caratula completa ni mas normas numericas especificas Y siguiendo la instruccion una linea por cita Agrego la referencia de fallos mencionada en el voto de adaro.) --jarg-citas--- | fallos 324:3632 | cita

¿Quién es el actor?

DESCONOCIDO (no surge del texto proporcionado la parte actora concreta).

¿A quién se demanda?

DESCONOCIDO (no surge del texto proporcionado la parte demandada concreta; se trata de un proceso penal contra un imputado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de una resolución penal relativa a delitos contra la integridad sexual (abuso sexual y abuso sexual calificado) en perjuicio de una víctima menor de edad, con agravios relativos a apreciación de la prueba, fechas, derecho de defensa y admisibilidad de nueva prueba.

¿Qué se resolvió?

DESCONOCIDO (el texto aportado contiene fundamentos y votos, pero no incluye el dispositivo final que precise la decisión mayoritaria sobre confirmar, modificar o revocar la sentencia apelada).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En los casos de violencia sexual, sobre todo, cuando las víctimas son menores de edad, las exigencias para la determinación cronológica de los hechos no deben ser extremadamente rigurosas, considerando el perfil psicológico de la víctima, su edad, su capacidad de situarse en el tiempo y las demás particularidades que pueden influir de algún modo en la precisión de su relato. Por lo que, se debe admitir una suerte de relativa indeterminación en relación a fechas puntuales, dentro del ámbito de la plataforma fáctica que describe un delito contra la integridad sexual cometido en perjuicio de una menor de edad." Voto: Adaro

"Cuando la garantía del acusado a un ejercicio eficaz de su defensa se encuentra afectada, lo relevante para la consideración de aquella situación no radica en objeciones de tipo estratégico o interpretaciones sobre el sentido preciso de las normas, ni mucho menos en discrepancias que se puedan tener sobre la aplicación de una corriente doctrinaria determinada. Por el contrario, lo importante reside en que los jueces aseguren la intervención de asistencia letrada cuando no la haya y cuiden que dicha intervención no se satisfaga con meros formalismos, es decir, que se traduzca en una actividad defensiva efectiva y concreta" Voto: Adaro

"Conforme al criterio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación , en el cual sostiene que para determinar la viabilidad del agravio referente a la carencia de asistencia legal eficaz, el Tribunal debe analizar la totalidad de las circunstancias del proceso; pues no existe un catálogo exhaustivo de reglas que permita determinar a través de su confrontación si la conducta del defensor ha sido satisfactoria o no; por el contrario, un sistema de ese tipo significaría restringir la amplia latitud que debe tener la defensa para tomar decisiones tácticas. Además, un desacierto en la estrategia de la defensa, un error en la ponderación de los hechos y el derecho o desacuerdos entre el defensor y su pupilo no implican necesariamente lesión a la garantía constitucional analizada; de otro modo, en todos aquellos casos donde la decisión de los jueces no condice con las expectativas del justiciable éste podría rebatir incesante y caprichosamente las decisiones judiciales a partir de una valoración ex post facto de los resultados obtenidos por su asistencia legal técnica, afectando principios esenciales como lo son los de preclusión, cosa juzgada y economía procesal (CSJN, Fallos 324:3632)." Voto: Adaro

(Si existen votos en disidencia relevantes, no surgen textualmente en el material remitido aparte de la mención de distintos votos: Adaro, Day, Palermo; los párrafos anteriores fueron aportados como fundamentos por el voto de Adaro y otros votos abordan perspectiva de género y congruencia procesal.)

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