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Tribunal Superior

F C/ BARRIGA MALDONADO ERIC LIONEL P/ AMENAZAS SIMPLES (LEY 9423) P/ RECURSO EXT. DE CASACIÓN

Se ventila la naturaleza del delito de amenazas y el bien jurídico protegido. El tribunal sostuvo que el bien tutelado es el libre desenvolvimiento de la voluntad de la víctima y que la idoneidad de la amenaza se aprecia por su capacidad de generar efectivo temor y condicionar la conducta de la víctima.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-07757554-9/1
Amenazas Delito Tipicidad Idoneidad Elemento subjetivo Libertad Violencia psicologica Bien juridico Temor Conducta intimidatoria

¿Quién es el actor?

-

¿A quién se demanda?

-

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Delimitación del bien jurídico protegido y la idoneidad de la conducta típica en el delito de amenazas.

¿Qué se resolvió?

DESCONOCIDO (el texto aportado no permite identificar la decisión procesal concreta ni su alcance).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos relevantes tal como figuran en el texto:

"El bien jurídico tutelado por la norma en el delito de amenaza, es el libre desenvolvimiento de la voluntad de la víctima, que a través de la amenaza ve puesta en tela de juicio su posibilidad de elegir su actuar de modo libre de injerencias. Si esto es así, la idoneidad de la amenaza depende de la entidad de la acción del autor para limitar la libertad de organización de la víctima. Con lo cual, independientemente del resultado obtenido, existe un efectivo temor en la persona a quien ha sido dirigida la amenaza."

Citas textuales más importantes:

"el bien jurídico tutelado ... es el libre desenvolvimiento de la voluntad de la víctima"

"la idoneidad de la amenaza depende de la entidad de la acción del autor para limitar la libertad de organización de la víctima"

"independientemente del resultado obtenido, existe un efectivo temor en la persona a quien ha sido dirigida la amenaza"

¿Cómo votaron los jueces?

No constan en el extracto suministrado.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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