PREVENCION ART S.A. EN J° 162059 LLANES JORGE Y OT EN J N° 155649 C/ PREVENCION ART P/ EJECUCION DE HONORARIOS P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL
Ejecución de honorarios promovida por Jorge Armando Llanes y Pablo F. Scordo contra Prevención ART S.A. por sumas reguladas en autos principales. La Suprema Corte provincial admitió el recurso extraordinario interpuesto por Prevención ART S.A. y revocó la resolución de grado, rechazando la ejecución de honorarios por entender que corresponde excluir al Fondo de Reserva de la cobertura de esos honorarios.
¿Quién es el actor?
En la causa de ejecución de honorarios, los actores ejecutantes son Jorge Armando Llanes y Pablo F. Scordo.
¿A quién se demanda?
Prevención ART S.A. (en su carácter de gerenciadora legal del Fondo de Reserva de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de honorarios regulados en la causa principal contra Prevención ART S.A.
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte admitió el recurso extraordinario provincial interpuesto por Prevención ART S.A., dejó redactado el dispositivo de instancia en el sentido de admitir la oposición de Prevención ART S.A. y rechazar la ejecución de honorarios; impuso costas en el orden causado y diferió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1°) Admitir el recurso extraordinario provincial interpuesto a fs. 10/14 por Prevencion ART SA contra la resolución dictada a fs. 11 y ss. de los autos N° 13-05509210-3 caratulados 'LLANES JORGE Y OT EN J N° 155649 C/ PREVENCION ART P/ EJECUCION DE HONORARIOS', originarios de la Primera Cámara del Trabajo de la Primera Circunscripción Judicial, la que queda redactada de la siguiente forma: 'I. Admitir la oposición presentada por Prevención ART S.A. a fs. 04 y sgtes. y, en consecuencia, corresponde rechazar la ejecución de honorarios presentada por Jorge Armando Llanes y Pablo F. Scordo en contra de Prevención ART S.A. en su carácter de gerenciadora legal del Fondo de Reserva de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. II. Costas en el orden causado (art. 36 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza). III. Diferir la regulación de honorarios para su oportunidad. NOTIFIQUESE'."
"Atento al resultado arribado, en mayoría, en la primera cuestión, y lo dispuesto por el art. 150 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario, corresponde revocar la resolución pronunciada a fs.11 y ss. de los autos N° 13-05509210-3 caratulados LLANES JORGE Y OT EN J N° 155649 C/ PREVENCION ART P/ EJECUCION DE HONORARIOS, originarios de la Primera Cámara del Trabajo de la Primera Circunscripción Judicial."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Mario Daniel Adaro, en disidencia respecto del voto inaugural, sostuvo que "los conceptos desarrollados no permiten incluir dentro de las prestaciones de la Ley 24557, a cargo del referido fondo (según lo dispuesto por el art. 34 de Ley 24557), a las erogaciones correspondientes por la labor de los representantes legales de las aseguradoras insolventes, las que deberán ser asumidas, en todo caso, en el proceso de liquidación. En consecuencia, por los argumentos expuestos, asiste razón a la recurrente y corresponde anular la resolución de fs. 11 y ss. con imposición de costas en el orden causado, atento la novedosa interpretación de la normativa analizada." (Adaro sostuvo la admisión del recurso; Palermo adhirió).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.